El docente considera que este modelo de tipo test quiebra el principio jurídico Ne bis in idem (una misma acción no puede ser sancionada dos veces) con 27 siglos de antigüedad. Para ello se apoya en la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) 188/2005 de 7 de julio. En ella se obligó a quitar una supersanción añadida (suspensión de funciones durante tres años) a la condena por tres faltas administrativas graves cometidas por un policía municipal de Madrid.
«Es un caso análogo a los exámenes tipo test que quitan puntos y usados en Económicas, Medicina o Matemáticas», cuenta Muñoz Clares. Por eso, «si no se modifica la legislación, pronto los alumnos recurrirán la constitucionalidad de esta clase de exámenes que no se utilizan en las oposiciones de la administración pública», añade el profesor.
Si el TC apoyara la tesis de Muñoz Clares, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Aguas o los regímenes disciplinarios de los colegios profesionales se verían afectadas, porque vulneran el Ne bis in idem.
Muñoz Clares defiende la tesis de su libro en la weblog www.criminologosdemurcia.com.
Las penas por maltrato, a debate
Muñoz Clares cree inconstitucional el artículo 173.2 del Código Penal (CP) que regula la violencia doméstica habitual. «Éste eleva la pena de 3 meses a 1 año hasta 6 meses a 3 años si persiste el maltrato», dice. «Incluso puede quitarse la patria potestad hasta 5 años», añade. El TC ya admitió a trámite la cuestión de inconstitucionalidad de una jueza de Murcia del artículo 153 del CP, que prevé la pena más grave si el maltratador es varón.
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