Aprobado el anteproyecto de ley que fija los servicios médicos de la Fiesta de los Toros

El Gobierno de Aragón ha aprobado, en Consejo de Gobierno, el anteproyecto de ley que modifica la ley reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad autónoma, para fijar el equipo médico básico en los espectáculos taurinos y en los festejos taurinos populares.
Rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno
Rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno
GUILLERMO MESTRE/GOBIERNO DE ARAGÓN
Rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno

El Gobierno de Aragón ha aprobado, en Consejo de Gobierno, el anteproyecto de ley que modifica la ley reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad autónoma, para fijar el equipo médico básico en los espectáculos taurinos y en los festejos taurinos populares.

El vicepresidente del Gobierno de Aragón, José Ángel Biel, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que la nueva normativa posibilitará "una mayores exigencias cuando las circunstancias lo requieran".

No obstante, se reduce la presencia del equipo médico básico "en los espectáculos y festejos taurinos populares de carácter más normal u ordinario", ha dicho, para anunciar que esta modificación "se enviará inmediatamente" a las Cortes de Aragón, donde "se podrá plantear como un proyecto de ley de lectura única".

El anteproyecto de ley indica que en los festejos taurinos populares el equipo estará constituido por un médico y un ayudante técnico sanitario o diplomado universitario en enfermería.

Excepcionalmente, y atendiendo a las peculiaridades del festejo que se celebre, como pudieran ser el recorrido o espacio en que se desarrolle o el número de participantes en el mismo, el órgano administrativo competente para otorgar la autorización podrá exigir un equipo médico con mayor número de profesionales sanitarios y medios de evacuación de posibles heridos para garantizar una adecuada prevención y asistencia sanitaria.

El anteproyecto de modificación de la ley consta de un artículo único por el que se añade la Disposición Adicional Cuarta a la Ley 11/2005.

En ella, se fijan los principios básicos que deben presidir la composición de los servicios médicos y las instalaciones sanitarias de la Fiesta de los Toros, tanto en los espectáculos taurinos en los que intervienen profesionales, como en los festejos taurinos populares en los que participan los aficionados a los mismos, con respeto a la legislación básica estatal.

Así, el texto establece que, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 3 de la ley, la fiesta de los Toros podrá desarrollarse a través de espectáculos taurinos en los que intervengan profesionales taurinos debidamente inscritos en el registro oficial correspondiente, o, en su caso, a través de festejos taurinos populares por personas aficionadas que participen en los mismos, en los términos que se determinen en su legislación específica.

Al mismo tiempo, se indica que los festejos taurinos cumplirán las condiciones de seguridad y sanidad establecidas en la normativa vigente y en las correspondientes licencias o autorizaciones.

El texto está en consonancia con lo establecido en la legislación estatal básica en materia de instalaciones sanitarias y servicios médico-quirúrgicos en espectáculos taurinos y en el artículo 7.4 del Decreto 226/2001 de 18 de septiembre del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el reglamento de los festejos taurinos populares, y que se refiere a la autorización excepcional de espectáculos singulares y de probada tradición adoptando medidas de seguridad adicionales.

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