La abogada de la madre de la asesinada en Sober (Lugo) recurre la sentencia absolutoria por un veredicto "arbitrario"

La acusación particular que representa a la madre de la mujer asesinada en Sober (Lugo) ha presentado este lunes recurso de apelación contra la sentencia absolutoria que ratifica el veredicto del jurado popular --que declaró inocente al procesado por este crimen, José Carnero-- por considerar que es "arbitrario" y "no explica las razones".

La acusación particular que representa a la madre de la mujer asesinada en Sober (Lugo) ha presentado este lunes recurso de apelación contra la sentencia absolutoria que ratifica el veredicto del jurado popular —que declaró inocente al procesado por este crimen, José Carnero— por considerar que es "arbitrario" y "no explica las razones".

En declaraciones a Europa Press, la abogada que representa a la madre de la víctima, María Jesús Tapia, ha explicado que "la Constitución Española prohíbe la arbitrariedad" y el veredicto del jurado "es arbitrario porque no explica las razones" de su decisión.

Además, la letrada de la acusación particular ha señalado que el veredicto "no garantiza la tutela judicial" y ha resaltado que "no examina las pruebas".

Por ello, este lunes ha formalizado el recurso de apelación en la Audiencia Provincial de Lugo, que será la encargada de remitirlo al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

También este lunes la Fiscalía de Galicia ha confirmado que interpondrá recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo que ratifica el veredicto de absolución del jurado popular argumentando "falta de motivación del veredicto". SENTENCIA

El presidente del Tribunal de la Audiencia Provincial de Lugo que emitió la sentencia, el magistrado Edgar Amando Fernández Cloos, señaló en ésta que "el veredicto de inculpabilidad está, de por sí mismo, suficientemente motivado pese a lo exiguo de la justificación que adujo el jurado". "Consiguientemente, ha de dictarse la presente sentencia absolutoria al margen de cualquier otra valoración que íntimamente se pueda albergar al respecto de la realidad de lo acaecido", añadía.

En concreto, el jurado sólo dio por probado por unanimidad que el 14 de septiembre de 2007 el acusado se desplazó en su coche desde Sober a Ourense para recoger a la víctima en el club Tosca, el local de alterne en el que trabajaba, y la trasladó a su domicilio en el citado municipio lucense, donde mantuvo relaciones sexuales con ella.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento