El TSJC reprocha a Sniace su "mala fe" procesal por su estrategia judicial

La Sala de lo Contencioso "no sale de su asombro" ante la actitud de la empresa en un recurso contra el Ayuntamiento

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) reprocha a Sniace su "mala fe" procesal por la estrategia que ha seguido esta empresa en unos recursos presentados en un contencioso con el Ayuntamiento sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles.

Todo viene de una sentencia anterior, en la que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santander que desestimaba un recurso previo de Sniace contra una decisión del Ayuntamiento de Torrelavega.

El Consistorio había ordenado la liquidación del Impuesto de Bienes Inmuebles y consideraba que Sniace debía asumir este pago, como sucesora de otra empresa del grupo, Sniace Cogeneración. Se interpretaba que al fusionarse ambas firmas, se extinguía cada una de ellas y era la nueva la que debía asumir los deberes de las dos anteriores.

Pero Sniace alegaba que el pago le correspondía sólo a Sniace Cogeneración, que tenía personalidad jurídica propia. Entonces, el Ayuntamiento decidió anular el giro a Cogeneración y realizar un nuevo cobro a la segunda, Sniace, la resultante de la fusión.

Lo que sucedió a partir de ahí fue que Sniace presentó recursos contra esta medida, pero lo hizo a través de las dos firmas, lo que le vale que la magistrada Clara Penín reproche a la empresa su "mala fe procesal" por actuar "artificiosamente" e "insistir", provocando dos recursos frente a la misma decisión. Aunque el segundo, "con buen criterio", no fue admitido.

El fallo razona que "lógicamente" debería haberse presentado un sólo recurso, por que en el momento de la impugnación ya estaban las dos fusionadas.

El recurso al que se refiere esta sentencia fue interpuesto por el letrado Miguel Gómez de Liaño, que recientemente fue condenado por el Tribunal Supremo por un delito ambiental, por unos vertidos sin autorización en la época en que era secretario y miembro del Consejo de Administración de Sniace.

"La Sala no sale de su asombro frente a este proceder", asevera, que, añade, provocaría "por sí sólo" que la empresa tuviera que hacerse cargo de todas las costas del procedimiento, algo que finalmente no se decide por cuestiones legales.

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