Responsables de la Fiscalía de Galicia se reunirán en próximos días para estudiar el recurso por el crimen de Sober

El jurado sostuvo que "no se han aportado pruebas irrefutables" que demuestren la autoría del imputado

Los máximos responsables de la Fiscalía Superior de Galicia se reunirán en próximos días en la primera quincena del mes para estudiar el recurso contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Lugo que ratifica el veredicto de absolución para el lucense José Carnero, quien fue acusado de matar a una prostituta en septiembre de 2007.

Según han explicado este jueves a Europa Press fuentes de la Fiscalía de Galicia, está previsto que, antes de agotarse el plazo para presentar el recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), los fiscales mantengan una reunión al máximo nivel para "actuar coordinadamente", tras confesar José Carnero en una entrevista que mató a la mujer después de haberlo negado en el juicio celebrado la semana pasada.

A la reunión está previsto que acudan el fiscal superior de Galicia, Carlos Varela; el teniente fiscal, José Luis Conde; el fiscal portavoz, José Ramón Piñol; y el secretario fiscal, Fernando Suanzes. A ellos se sumará el fiscal superior de Lugo, Javier Rey Ozores, encargado de presentar el recurso.

La reunión ha sido convocada, según han precisado las mismas fuentes de la Fiscalía de Galicia, para "tratar la posibilidad de interponer el recurso de apelación" contra la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo.

Este modo de actuar de la Fiscalía de Galicia se había llevado a cabo en ocasiones anteriores, entre ellas en el proceso del 'Prestige' para realizar una actuación coordinada, al tratarse de un tema relevante. SENTENCIA

La sentencia de la Audiencia de Lugo ratifica el veredicto del jurado popular y confirma la absolución del procesado "del delito de asesinato o del subsidiariamente imputado de homicidio" por el que era acusado.

"El veredicto de inculpabilidad está, de por sí mismo, suficientemente motivado pese a lo exiguo de la justificación que adujo el jurado y, consiguientemente, ha de dictarse la presente sentencia absolutoria al margen de cualquier otra valoración que íntimamente se pueda albergar al respecto de la realidad de lo acaecido", precisa el presidente del Tribunal, el magistrado Edgar Amando Fernández Cloos.

En concreto, el jurado sólo dio por probado por unanimidad que el 14 de septiembre de 2007 el acusado se desplazó en su coche desde Sober a Ourense para recoger a la víctima en el club Tosca, el local de alterne en el que trabajaba, y la trasladó a su domicilio en el citado municipio lucense, donde mantuvo relaciones sexuales con ella.

Hechos probados

Sobre los hechos probados, el magistrado indica que el cuerpo de la víctima fue localizado en la tarde-noche del día 18 de septiembre de 2007, cuando el cuñado del imputado y un vecino entraron en la cuadra del domicilio del acusado a buscar pienso para las gallinas.

Sin embargo, puntualiza en el apartado de hechos probados que "no se ha llegado a acreditar que el acusado José Carnero hubiera tenido intervención en la muerte" de la mujer.

En los fundamentos de derecho del fallo judicial se señala que el jurado sostiene que "no se han aportado pruebas irrefutables" que demuestren la autoría del imputado, y lo "único acreditado" es, según el jurado, que "el cadáver de la víctima apareció en el domicilio de José Carnero, pero no hay elementos que conduzcan a entender que hay pruebas de los demás hechos que se le imputan".

Por ello, el magistrado-presidente acordó a la conclusión del juicio el dictado de la "obligada sentencia absolutoria" y ha declarado las costas del proceso de oficio.

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