La Xunta prohíbe los anzuelos triples en aguas salmoneras e incluye a la anguila en la veda de pesca deportiva

En los cotos de pesca y en los tramos del Río Navia compartidos con Asturias, los jueves serán inhábiles, exceptuando festivos

La utilización de anzuelos triples en aguas salmoneras quedará prohibida a partir de este jueves y, además, se incluirá a la anguila en la veda de pesca deportiva.

Así lo establece una orden de la Consellería de Medio Rural, que publica este miércoles el Diario Oficial de Galicia —por lo que entra en vigor el jueves—, y que establece las normas de pesca en aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 2011.

En el caso concreto de los anzuelos, el texto impone la obligatoriedad, desde el 1 de junio hasta el final de temporada, de que los añadidos artificiales sólo podrán tener un anzuelo simple.

La normativa especifica, asimismo, las normas generales de pesca fluvial de distintas especies ictícolas (pescados) y de los demás seres vivos que habitan las aguas continentales de Galicia. Regula las épocas hábiles, tamaños mínimos, cuotas de captura, tipos de añadido y modalidades de pesca permitidas.

Hace referencia a salmón, reo, trucha, saboga, perca negra, anguila, lamprea y especies de estuario (robaliza, mugel y solla), para las que fija un régimen especial, de igual manera que para el cangrejo rojo y el cangrejo señal. Menciona, además, a las especies vedadas en todas las masas de agua (cangrejo de río, reñosa, espiñento, sábalo y anguila).

Jornadas hábiles

Sobre las jornadas hábiles, con carácter general se declaran los lunes como inhábiles, excepto festivos nacionales o autonómicos. En los cotos de pesca y en los tramos del Río Navia compartidos con Asturias, serán también inhábiles los jueves, exceptuando festivos.

En las zonas de desembocadura y en los embalses en los que se autoriza la pesca de ciprínidos y perca negra durante todo el año, serán hábiles todos los días de la semana para la captura de especies distintas de los salmónidos.

Modalidades de pesca

En cuanto a las modalidades, como regla genérica y para todas las especies se permite la pesca con caña, sin perjuicio de la regulación específica de la anguila, angula y mejillón, la lamprea, el cangrejo rojo americano y el cangrejo señal.

Sólo se permite el empleo de una por persona, a una distancia máxima del pescador de tres metros y de una secadera o lazo como elemento auxiliar.

Pesca sin muerte

En lo que respecta a la pesca sin muerte, se autoriza únicamente la mosca artificial en sus distintas modalidades y la cucharilla con un solo anzuelo y sin arpón. Todas las capturas deberán ser devueltas al agua inmediatamente después de su extracción.

La orden incorpora, por último, un total de 13 anexos en los que se concretan desde las dimensiones mínimas del anzuelo para la pesca con añadido natural hasta los horarios de pesca del reo, pasando por los regímenes especiales de embalses, tramos libres de pesca sin muerte y la normativa de cotos.

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