Un imputado defiende la legalidad de los honorarios de éxito cobrados por Atlas y asegura que son una práctica habitual

El presidente y socio fundador de la empresa Atlas Capital, León Benelbas, ha defendido en calidad de imputado ante el juez instructor del caso Bomsai la legalidad de los honorarios de éxito que la mercantil cobró de las adjudicatarias de las nuevas sedes de la Conselleria de Salud y del parque de bomberos, y ha aseverado que se trata de una práctica habitual ingresarlos tras haber asesorado a la Administración a la hora de adjudicar un proyecto y principalmente si éste finalmente ha sido concedido a una determinada empresa.

El presidente y socio fundador de la empresa Atlas Capital, León Benelbas, ha defendido en calidad de imputado ante el juez instructor del caso Bomsai la legalidad de los honorarios de éxito que la mercantil cobró de las adjudicatarias de las nuevas sedes de la Conselleria de Salud y del parque de bomberos, y ha aseverado que se trata de una práctica habitual ingresarlos tras haber asesorado a la Administración a la hora de adjudicar un proyecto y principalmente si éste finalmente ha sido concedido a una determinada empresa.

Durante su comparecencia ante el titular del Juzgado de Instrucción número 1, Juan Catany, el encausado ha manifestado que Atlas asesoró a CAIB Patrimoni -a través de la cual el Govern materializó ambas adjudicaciones- desde el punto de vista jurídico y financiero y elaboró el pliego de condiciones que debía servir a las licitaciones. "El trabajo de Atlas era hacer un traje a medida y asesorar en la elaboración de los pliegos", ha incidido al respecto.

Ello pese a que, según las investigaciones, Atlas facturó de forma irregular a la UTE ganadora del concurso para la ejecución del parque de bomberos un total de 426.216 euros en concepto de honorarios de éxito por haber asesorado a CAIB Patrimoni en materia financiera y legal en relación con las cláusulas de la adjudicación, así como 142.848 euros a la concesionaria de la construcción de la Conselleria.

En este sentido, las pesquisas hacen referencia a la ilegalidad e improcedencia del pago de estos honorarios con la finalidad de que fuesen abonados por el contratista, ya que estos abonos -que suponen el 1,8 por ciento del volumen de inversión de cada uno de los proyectos- son incorporados por la UTE adjudicataria al coste del proyecto y, por tanto, son sufragados directamente desde las arcas públicas.

Es más, apuntan a una falta de proyecto y de presupuesto para efectuar estas contrataciones, al fraude de ley cometido, a la innecesariedad del gasto y a la desproporción en el precio del servicio.

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