TSJCM falla que el acto del dogma de fe de la Inmaculada del Ayuntamiento de Toledo no es un acto político

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha dictado una sentencia en la que considera que la renovación del juramento de defender el dogma de fe de la Inmaculada Concepción que cada año realiza la Corporación Municipal de Toledo no debe considerarse un acto político sino "una representación meramente honorífica de la Corporación Local".
Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha dictado una sentencia en la que considera que la renovación del juramento de defender el dogma de fe de la Inmaculada Concepción que cada año realiza la Corporación Municipal de Toledo no debe considerarse un acto político sino "una representación meramente honorífica de la Corporación Local".

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, desestima así el recurso de apelación presentado por la asociación Alternativa Laica, al auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Toledo, que declaró la inadmisibilidaad del recurso contencioso inicial interpuesto por la asociación.

En su argumentación, el TSJCM asegura que este acto —en concreto se recurrió el juramento realizado por el alcalde en nombre del Ayuntamiento y de los vecinos de la ciudad el día 7 de diciembre de 2007— no ostenta la naturaleza de acto administrativo, por lo que el auto recurrido "no vulnera los principios de interpretación conforme a la Constitución Española".

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