La CNC impone una multa de 50.000 euros al Colegio Notarial de Asturias

El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha resuelto que el fondo compensación entre notarios creado por el Colegio Notarial de Asturias (ICNA) infringe la prohibición de acuerdos restrictivos de la competencia, imponiéndole una multa de 50.000 euros, según ha informado el organismo sancionador.

El expediente sancionador contra el ICNA se inició por denuncia de un notario del propio Colegio, contra el acuerdo adoptado por su Junta Directiva con fecha 17 de diciembre de 2003, por el que se establecen las normas de funcionamiento de un fondo de compensación de aplicación en las poblaciones con dos o más notarías, y en virtud del cual todos los notarios de la población vienen obligados a aportar al fondo el 35 por ciento del importe íntegro de los honorarios percibidos por su intervención en los documentos otorgados con habitualidad por Cajas de Ahorro y demás Entidades Oficiales de Crédito.

La totalidad de lo ingresado en este fondo de compensación se reparte, a partes iguales, entre todos los notarios de la población. Este acuerdo fue aplicado en la ciudad de Gijón durante el año 2004, y en la ciudad de Oviedo desde el año 2004 hasta junio de 2009.

Es doctrina de las autoridades de competencia, confirmada por los tribunales de justicia, que el carácter público del servicio que prestan los notarios y su condición de funcionarios no excluye su consideración como operadores económicos, que ofertan servicios de fe pública a cambio de una remuneración que paga el cliente, compitiendo en la calidad y en el precio del servicio ofertado dentro de los márgenes que permite la normativa que les resulta de aplicación.

Por ello, las conductas de los colegios de notarios que afecten a la libre prestación de ese servicio quedan igualmente sujetas a la legislación de defensa de la competencia.

El Consejo de la CNC, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, considera que el fondo de compensación creado por el ICNA es "anticompetitivo" porque limita la libertad de acción de los notarios en la intervención de pólizas y escrituras financieras, tiene el efecto potencial de desincentivar la competencia por conseguir cuotas crecientes de dicho mercado que conllevan, si se aplica el mecanismo, contribuciones crecientes al fondo de compensación.

Al tiempo que tal mecanismo interfiere y distorsiona la libertad de negociar descuentos con los clientes, desincentivando la ampliación de clientela basada en ofertas con precios más bajos, ya que se pueden conseguir los mismos o similares ingresos con pocos documentos aplicando 2 estrictamente el arancel que con muchos documentos con descuentos para los clientes y con sustanciales contribuciones al mecanismo compensatorio, según la CNC.

Al fijar la sanción en 50.000 euros el Consejo ha tenido en cuenta que en expedientes sancionadores precedentes, relativos a fondos de compensación creados por los colegios notariales de Madrid y Bilbao, el Tribunal de Defensa de la Competencia no impuso multa.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento