Condenan a 4 años de cárcel al autor del atropello múltiple de la discoteca Manhattan de Huesca

La Audiencia Provincial de Huesca ha condenado a Víctor Manuel Gómez Rivero, de 25 años de edad, a cuatro años de prisión, como autor responsable de un delito de conducción manifiestamente temeraria, en concurso con dos delitos de homicidio por imprudencia grave, dos delitos de lesiones y cinco delitos de lesiones por imprudencia grave, por el atropello múltiple ocurrido el 28 de julio de 2007 en las puertas de la discoteca Manhattan de la capital altoaragonesa.
El autor se encuentra en libertad provisional
El autor se encuentra en libertad provisional
YSD
El autor se encuentra en libertad provisional

La Audiencia Provincial de Huesca ha condenado a Víctor Manuel Gómez Rivero, de 25 años de edad, a cuatro años de prisión, como autor responsable de un delito de conducción manifiestamente temeraria, en concurso con dos delitos de homicidio por imprudencia grave, dos delitos de lesiones y cinco delitos de lesiones por imprudencia grave, por el atropello múltiple ocurrido el 28 de julio de 2007 en las puertas de la discoteca Manhattan de la capital altoaragonesa.

El tribunal ha fijado para Gómez una pena de 4 años de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante seis años. Asimismo, le impone el pago de las costas procesales.

La Fiscalía había solicitado 34 años y medio de cárcel por dos homicidios con dolo eventual y delitos de lesiones, mientras que la defensa, que ha basado sus calificaciones en la imprudencia de la acción, había pedido 5 años y 9 meses de prisión.

Víctor Manuel Gómez, de 25 años, que había consumido drogas y alcohol y que conducía a una velocidad excesiva, a más de 100 kilómetros por hora, arrolló a un grupo de personas que se encontraban en las puertas de la discoteca, situada en el Polígono Sepes de la ciudad de Huesca, causando la muerte a dos de ellas y heridas de diversa consideración a otras ocho.

El tribunal, en su sentencia, ha considerado que procede imponer "la máxima pena legalmente posible, pues así lo requiere tanto el grado de la imprudencia cometida como el trágico resultado provocado, puesto en relación con las circunstancias del acusado, quien no sólo se puso al volante de su vehículo después de haber consumido alcohol y drogas sino que condujo con temeridad manifiesta y a velocidad notoriamente desproporcionada en función del límite establecido de 40 kilómetros por hora, provocando trágicos resultados, por su número y entidad".

No se ha apreciado la existencia de dolo eventual que ha sostenido el fiscal y las acusaciones particulares. Así en los fundamentos de derecho de la sentencia, el tribunal hace referencia a que el acusado "debería haber previsto que su proceder podía traer consecuencias gravemente lesivas para la vida y la integridad de las personas, en eso consiste precisamente uno de los elementos de la imprudencia, pero no podemos afirmar que se le pasara siquiera por la cabeza que podía perder el control del vehículo y que tal cosa podía ocurrir, precisamente, en el único punto que en ese momento podía esperarse que estuviera concurrido, pudiendo dar lugar a las trágicas consecuencias que el caso tuvo".

Los hechos que se registraron en la discoteca, "no permiten afirmar que el acusado se hubiera representado siquiera un resultado de muerte y lesiones, ni propias ni ajenas, a diferencia de lo que sucede con lo denominados conductores suicidas, o con quien amaga el disparo con una ametralladora apuntando a un grupo de personas".

En este caso, según el tribunal, Víctor Manuel Gómez "realizó una acción manifiestamente imprudente, pero no dolosa, pues no podemos afirmar que quisiera matar ni herir a nadie, ni siquiera por dolo eventual" porque no ha podido ser probado.

Al imponerle la máxima pena legalmente posible por conducción manifiestamente temeraria y los trágicos resultados que produjo la acción del acusado, se ha tenido en cuenta que Víctor Manuel Gómez "no presenta ningún indicador clínico ni psicométrico que sugiera trastorno psicótico, delirante o deterioro cognoscitivo, teniendo unos rasgos de personalidad y conductuales compatibles con un trastorno anti-social de la personalidad y consumo abusivo de alcohol sin dependencia. Dicho trastorno no supone una disminución en sus competencias cognoscitivas y volitivas en relación con los hechos".

Contra la sentencia se puede presentar un recurso de casación. El acusado se encuentra en libertad provisional, situación que se produjo la semana pasada, un día después de finalizar la vista oral. El joven ha cumplido tres años y medio de prisión preventiva.

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