Una promotora de Laredo demandada por UCC, condenada a reparar los defectos de construcción de una vivienda

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Laredo ha condenado a una promotora de la localidad a reparar las obras incorrectamente ejecutadas en una vivienda y a indemnizar a su propietaria con 3.500 euros por los perjuicios derivados de la ausencia de cédula de habitabilidad, según ha informado la Unión de Consumidores de Cantabria (UCC), impulsora de la demanda.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Laredo ha condenado a una promotora de la localidad a reparar las obras incorrectamente ejecutadas en una vivienda y a indemnizar a su propietaria con 3.500 euros por los perjuicios derivados de la ausencia de cédula de habitabilidad, según ha informado la Unión de Consumidores de Cantabria (UCC), impulsora de la demanda.

De esta forma, UCC valora que "ha ganado una nueva batalla legal a una promotora". Y esta vez, "con una novedad importante", ya que ha conseguido que se indemnice a la propietaria afectada con una indemnización porque su vivienda no obtuvo la cédula de habitabilidad.

La letrada Rut García Martínez, de Unión de Consumidores de Cantabria, solicitó en nombre de la propietaria del inmueble que se condenase a la promotora a reparar las obras incorrectamente ejecutadas en la vivienda o a su costa, y la indemnización pecuniaria por los daños y perjuicios causados a los propietarios por la no obtención de licencia de primera ocupación.

Tras la práctica de las pruebas propuestas, entre la que destaca el informe pericial de los defectos encontrados que avalaba la pretensión de la demandante, se ha condenado a la promotora a proceder a la reparación de las obras incorrectamente ejecutadas o a su costa, conforme a la valoración del informe pericial aportado en la demanda por los compradores de la vivienda.

Asimismo, deberá abonar a los compradores la cantidad solicitada en el escrito de demanda en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, a lo que debe añadirse los intereses legales que se aplicarán desde el momento de la interpelación judicial hasta la fecha del efectivo cumplimiento.

La sentencia a favor de la propietaria de una vivienda conseguida por la letrada Rut García, de Unión de Consumidores de Cantabria, tiene en esta ocasión "un matiz especial": además de tratarse de un pleito por defectos de construcción, se ha conseguido una indemnización por los "serios" perjuicios causados a los compradores de la vivienda al no haber obtenido la preceptiva cédula de habitabilidad.

Dicha obtención, además, se trata de una obligación del promotor, y puesto que no ha cumplido con la misma, debe indemnizar los perjuicios causados, tales como no poder disfrutar de viales urbanizados, así como de los mínimos servicios públicos de alumbrado, limpieza y recogida de basuras, entre otras cuestiones.

Defectos denunciados

Los defectos denunciados por la propietaria, que la empresa constructora tendrá que reparar consisten en humedades en dos paredes de la vivienda ocasionadas por una insuficiente ventilación, ya que la ventana es muy pequeña, y por una mala ejecución de la tela asfáltica.

Asimismo, hay defectos por mal acabado en el pavimento del baño, garaje y porche, que deberán ser reparados. La puerta de acceso al jardín de la vivienda, de dimensiones inferiores al hueco tiene que ser cambiada y también se obliga a la constructora a colocar una barandilla en el hueco de la escalera que da acceso al sótano.

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