El TSJC suspende cautelarmente la prohibición del burka en edificios municipales de Lleida

  • La norma fue aprobada en octubre y entró en vigor en diciembre.
  • La suspensión llega tras un recurso de la asociación musulmana Watani.
La prohibición del velo islámico en Lleia fue aprobada de forma definitiva el 8 de octubre de 2010.
La prohibición del velo islámico en Lleia fue aprobada de forma definitiva el 8 de octubre de 2010.
EFE
La prohibición del velo islámico en Lleia fue aprobada de forma definitiva el 8 de octubre de 2010.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido de manera cautelar el acuerdo del Ayuntamiento de Lleida de prohibir el burka, el niqab y otras prendas que tapen el rostro en edificios municipales.

El auto, fechado el 12 de enero, precisa que la suspensión cautelar estará vigente hasta que haya sentencia sobre el recurso contra la prohibición presentado por la asociación musulmana Watani.

La prohibición del velo islámico fue aprobada de forma definitiva el 8 de octubre de 2010 y entró en vigor el 9 de diciembre. El Ayuntamiento de Lleida fue el primero en España que en mayo del año pasado dio luz verde a la prohibición inicial, un trámite para la definitiva de octubre.

La suspensión del acuerdo es consecuencia del recurso especial de protección de los derechos fundamentales presentado por la asociación musulmana Watani de Lleida contra la modificación de la ordenanza municipal de civismo y convivencia que afecta a mercados, transporte urbano, centros cívicos y otros locales municipales. La sala segunda de lo contencioso administrativo del alto tribunal había denegado inicialmente la solicitud de la medida cautelar.

El alto tribunal catalán argumenta que la ejecución de la norma podría comportar perjuicios muy difíciles de reparar para las personas a las que se les impida la entrada en los edificios públicos leridanos. En cambio, señala el TSJC en su auto, la suspensión de su ejecutividad no genera perjuicio alguno, ya que la legislación vigente ya prevé la obligación de los ciudadanos de identificarse a requerimiento de una autoridad o funcionario legitimado para ello, de manera que "ni la seguridad ni el orden público se ponen en peligro".

Discriminación

Ahora, con la oposición del ministerio fiscal, los seis magistrados, habiendo oído al Ayuntamiento y a la Fiscalía, señalan que la ley jurisdiccional intenta dar respuesta a las necesidades de establecer medidas cautelares. Carlos Antolí, abogado de Watani, ha sostenido que esta normativa "supone una discriminación por razones religiosas".

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