Condenan a un mujer por simular que era abogada y pedir dinero a extranjeros para hacerles trámites

La Audiencia de Málaga ha condenado a tres años y medio de prisión a una mujer española por estafa continuada e intrusismo, al hacerse pasar por abogada y pedir dinero a extranjeros con el fin de llevarles a cabo los trámites necesarios para expedientes de residencia en España, nacionalidad o expulsión. Asimismo, también se condena a su hijo por cómplice en el primer delito.

La Audiencia de Málaga ha condenado a tres años y medio de prisión a una mujer española por estafa continuada e intrusismo, al hacerse pasar por abogada y pedir dinero a extranjeros con el fin de llevarles a cabo los trámites necesarios para expedientes de residencia en España, nacionalidad o expulsión. Asimismo, también se condena a su hijo por cómplice en el primer delito.

Según la sentencia, la mujer, con antecedentes penales por falsedad documental y estafa, de enero a agosto de 2009 contactó con personas extranjeras en Marbella (Málaga) "haciéndose pasar ante ellos como abogada, consiguiendo que le encargasen la tramitación de su documentación para obtener permisos" y asistiendo a detenidos por infracción de la Ley de Extranjería.

Así, en marzo de 2009, asistió y firmó con un número determinado de colegiación como letrada en ejercicio en representación de un hombre en el expediente sancionador de expulsión y en julio de ese mismo año intervino como abogada de éste en la Comisaría de Marbella, según se precisa en la resolución de la Sección Novena de la Audiencia, a la que tuvo acceso Europa Press.

Con esta fórmula, logró que "diversas personas le entregaran cantidades de dinero para el fin citado, sin que lo efectuase, ni estuviera en posesión de titulación necesaria para actuar como abogada, de forma que obtuvo de siete personas diversas cantidades que oscilan entre los 1.000 y los 3.500 euros, hasta un total de 12.800 euros.

La Sala ha tenido en cuenta para la condena las declaraciones de los perjudicados, quienes exponen desde el principio "con total coherencia y concordancia" que la mujer actuaba como abogada, llegando a reunirse con ajenos, entre ellos otro letrado, "ante el cual se presenta como compañera", según se precisa en dicha resolución.

Según se declara probado también, de estas acciones era conocedor el hijo de la mujer, pues estuvo presente en algunas conversaciones y recibió pagos por los encargos, por lo que se le condena a la pena de cuatro meses y 15 días de prisión como cómplice de un delito de estafa, ya que facilita determinados actos "que no eran necesarios o imprescindibles".

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