Siete años y medio de cárcel para un joven por robo y agresión sexual a una mujer de 61 años

La Audiencia subraya la "entereza" y "rotundidad" del testimonio de la víctima, frente a las declaraciones "incoherentes" del acusado

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a siete años y medio de prisión a un joven de 20 años que robó y agredió sexualmente a una mujer de 61 años en Santander.

Según se explica en la sentencia, conocida este jueves, los hechos ocurrieron el 11 de enero de 2010, a las 7.30 horas de la mañana en la calle Duque de Ahumada, donde el joven, M.A.M.S., abordó a la mujer esgrimiendo un cuchillo de 15 centímetros de hoja y dos hachas de cocina de 16,5 y 14 centímetros.

En principio le exigió que le entregara el dinero, le arrebató el bolso de un fuerte tirón y cogió 10 euros que la mujer llevaba en la cartera. A continuación, arrojó el teléfono móvil al suelo y partió por la mitad el paraguas de la víctima.

Después, comenzó a tocar a la mujer, llegando a romperle el pantalón, la arrojó al suelo, le inmovilizó los brazos y le introdujo el pene en la boca.

Así lo encontró la Policía cuando llegó al lugar. Y también halló el cuchillo y las hachas. Al intentar detenerlo, el hombre —que permanece en prisión provisional desde su arresto— forcejeó con los agentes, lanzando golpes y patadas, llegando a alcanzar a uno de ellos.

La Audiencia, que reconoce la atenuante de embriaguez porque el joven había pasado la noche bebiendo, le condena a seis años de cárcel por el delito de agresión sexual, otro año por el robo con violencia, y seis meses por el delito de resistencia a los agentes.

Asimismo, le impone 15 días de localización permanente por sendas faltas de lesiones y de daños y le prohíbe acercarse a menos de 300 metros de la víctima, de su trabajo o de su domicilio por el plazo de nueve años, durante los cuales tampoco podrá comunicarse con ella.

Además, tendrá que indemnizar a la mujer con 3.000 euros por los daños morales, y otros 349 por las lesiones, por el dinero robado y por los daños en el móvil y el paraguas. Igualmente, tendrá que abonar otra indemnización de 245 para el agente agredido.

La credibilidad de la víctima

En la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la sala asume totalmente el testimonio de la víctima y cuestiona en cambio la declaración del acusado y sus contradicciones.

Según explica, desde el inicio del proceso las declaraciones de la mujer han sido "constantes, unívocas y sin contradicciones esenciales aparentes" y ha ofrecido su testimonio de forma "espontánea, firmemente, con entereza encomiable, espontaneidad, sinceridad y rotuntidad", y sin pretender "agrandar lo ocurrido".

A su juicio, su credibilidad se ve "reforzada" porque, además, al no ejercer la acusación particular, no ha podido repasar el relato de los hechos antes del juicio, al no tener copia de sus declaraciones anteriores. Y, sin embargo, ha dicho "exactamente lo mismo" que ante el juzgado instructor.

Además, también está el testimonio de los policías que acudieron en su auxilio y encontraron al acusado "in fraganti", desnudo de cintura para abajo y "a horcajadas" sobre la víctima.

Es más, la sala considera que las declaraciones del propio acusado son también un indicio en su contra, por cuanto son "absurdas, incoherentes e ilógicas".

Entre otras cosas, la sentencia recuerda que el joven, en sede policial, admitió los tocamientos, negó el resto de las acusaciones y aseguró recordarlo todo. En cambio, en el juicio, negó todo lo mantenido hasta ese momento y dijo no recordar nada porque estaba borracho.

En efecto, la Audiencia reconoce que el acusado había estado bebiendo esa noche y, de hecho, lo acepta como atenuante, pero sólo como una atenuante simple, y no como eximente incompleta como proponía la defensa. Y es que, a su juicio, no ha quedado probado que su afectación fuera relevante.

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