Farmaindustria presentará en el TSXG un recurso contencioso-administrativo contra el catálogo de fármacos gallego

Considera que
Píldoras, medicamentos, fármacos
Píldoras, medicamentos, fármacos
KATY WARNER/WIKIMEDIA COMMONS
Píldoras, medicamentos, fármacos

Farmaindustria, la asociación que representa a la industria farmacéutica en España, interpondrá ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) un recurso contencioso-administrativo contra la resolución que desarrolla la Ley 12/2010 por la que se crea un catálogo priorizado de medicamentos gallego. Éste se suma al anunciado por la Federación Gallega de Farmacias, que ha manifestado su intención de recurrir el catálogo.

Según justifica Farmaindustria, el recurso se basa en que esta iniciativa legislativa "supone una clara invasión de competencias estatales" por parte de la comunidad autónoma gallega y "constituye una vulneración de la legalidad vigente". Asimismo, indica que pedirá al tribunal "el planteamiento de una cuestión de constitucionalidad", al "depender la decisión y basarse la resolución en una ley que vulnera la Constitución".

La ley gallega de racionalización del gasto en la prestación farmacéutica, según Farmaindustria, "invade las competencias exclusivas del Estado que decide los medicamentos que se incluyen en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud y su precio".

Al respecto, alude a que estas competencias se consagran tanto en la Ley de Cohesión y Calidad del SNS (Ley 16/2003), como en la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios (Ley 29/2006).

Por su parte, puntualiza que el artículo 20.2 de la Ley de Cohesión prevé que las comunidades autónomas podrán tener sus catálogos, "pero éstos han de contener cuanto menos el catálogo del SNS", matiza Farmaindustria.

Igualdad de acceso

La asociación que representa a la industria farmacéutica en España recalca que la ley y la resolución gallegas "modifican el régimen de financiación de los medicamentos en Galicia, careciendo la comunidad de competencias para ello, y vulneran la igualdad de acceso a la prestación farmacéutica".

También considera que "afectan al derecho constitucional a la protección de la salud en condiciones de igualdad en todo el territorio nacional y limitan la libertad de prescripción de los médicos".

En cuanto a la perspectiva empresarial, Farmaindustria señala que la aprobación del catálogo gallego "expulsa del mercado a determinados medicamentos" y constituye "un punto de ruptura de la confianza de las compañías" en cuanto a la unidad del mercado nacional, re relación a la garantía de continuidad en la producción y comercialización de bienes y servicios en todo el ámbito estatal, y la seguridad jurídica que, señala, "se debe garantizar a compañías que desarrollan una actividad y que cumplen escrupulosamente la legislación aplicable". AHORRO

Asimismo, Farmaindustria alerta de que esta nueva normativa "no conseguirá los ahorros que con ella persigue la Xunta de Galicia", ya que, según asevera, "a partir del 1 de marzo entra en vigor un nuevo Sistema de Precios de Referencia que unificará, en la mayor parte de los casos, el precio de medicamentos originales y genéricos, por lo que, en dichos supuestos, el ahorro será literalmente cero a partir de la citada fecha".

Sin embargo, afirma que esta iniciativa "sí tendrá importantes costes en términos de salud para los pacientes gallegos", para los que, según manifiesta, "han sido excluidos de la prestación farmacéutica que reciben medicamentos que cumplen todos los requisitos legales para recibir financiación pública, y que están financiados en el resto de comunidades autónomas".

"Los ciudadanos gallegos van a ver cómo se resiente el tratamiento farmacológico que reciben, porque con este catálogo la Xunta parte de la premisa falsa de que dos medicamentos con el mismo principio activo son siempre intercambiables, cuando muchas veces no lo son", subraya Farmaindustria, que añade que debería "ser el médico el que decidiera si a cada paciente se le mantiene el tratamiento o se le cambia". "Decisión que no puede ser administrativa, burocrática o informática", concluye.

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