La Audiencia decidirá en mayo sobre los recursos presentados a la sentencia del 'caso Nevada'

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada revisará en mayo la sentencia dictada sobre la tramitación irregular del Centro Comercial Nevada de Armilla (Granada), que fue recurrida tanto por la Fiscalía y las acusaciones populares personadas en la causa como por las defensas de los condenados, concretamente las del ex alcalde de Armilla, el socialista José Antonio Morales Cara, el ex edil de Urbanismo Gabriel Cañavate y del promotor de la construcción Tomás Olivo, han informado a Europa Press fuentes judiciales.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada revisará en mayo la sentencia dictada sobre la tramitación irregular del Centro Comercial Nevada de Armilla (Granada), que fue recurrida tanto por la Fiscalía y las acusaciones populares personadas en la causa como por las defensas de los condenados, concretamente las del ex alcalde de Armilla, el socialista José Antonio Morales Cara, el ex edil de Urbanismo Gabriel Cañavate y del promotor de la construcción Tomás Olivo, han informado a Europa Press fuentes judiciales.

El tribunal deberá pronunciarse, entre otras cuestiones, por la petición de la Fiscalía y del PP de aumentar las penas a los tres condenados por el Juzgado de lo Penal 3 de Granada. El Ministerio Público consideró en el recurso presentado el pasado mes de julio que las condenas de siete meses de cárcel e inhabilitación por un periodo de siete años para los ex responsables municipales y la misma pena de prisión y multa para Olivo son "mínimas", lo que puede provocar "el indeseado efecto criminogénico de anular la importantísima función preventiva o admonitoria de los preceptos legales".

En opinión de la Fiscalía, el juez castigó "desproporcionadamente" lo que en realidad deberían considerarse "gravísimas actuaciones". Por ello mantiene su solicitud de condena que ya expresó en sus conclusiones definitivas, un total de tres años y cuatro meses de cárcel (o alternativamente incluyendo multas) para Morales Cara y Cañavate, y dos años y dos meses para Olivo. Además, considera que, como primera opción, habría que procederse a la demolición "completa, íntegra y total", aunque dejando la puerta abierta a la parcial y a una tercera posibilidad para presentar un proyecto "alternativo" antes de que la sentencia sea firme.

Por su parte, el PP pide en su recurso la condena de los cuatro ediles absueltos; un aumento de las penas de los condenados "dada la gravedad de la conducta delictiva" de los acusados, que produjeron además un "daño objetivo a la economía y al desarrollo de Armilla"; y que los procesados Morales Cara y Cañavate sean condenados por un delito de infidelidad en documento público y por otro contra la ordenación del territorio.

La Audiencia tendrá además que valorar si es o no viable la solicitud que la representación legal de Los Verdes ha planteado en su recurso, en el que insiste en su petición de demolición total del edificio al entender que no hacerlo supondría "consolidar las ilegalidades cometidas".

La formación ecologista considera que sólo el derribo de las instalaciones será un "verdadero castigo por prevaricación y delito contra la ordenación del territorio". Para su portavoz andaluz, Mario Ortega, "la sociedad está pidiendo que la justicia rectifique sus actuaciones tibias en asuntos urbanísiticos y ambientales".

La sentencia recurrida

El Juzgado de lo Penal 3 de Granada condenó a siete meses de prisión y a siete años de inhabilitación especial para cargo público al ex alcalde de Armilla y al ex edil de Urbanismo por un delito de prevaricación urbanística cometido en la concesión de licencia del Nevada, "a sabiendas" de que incurría en "irregularidades".

Los dos responsables políticos fueron sin embargo absueltos de los otros dos delitos que se le imputaban —otro de ordenación del territorio en su modalidad de prevaricación urbanística y el de infidelidad en la custodia de documentos públicos—. Ambos se enfrentaban inicialmente a un total de tres años y cuatro meses de prisión, 20 de inhabilitación y 10.800 euros de multa, que era lo que solicitaba para ellos la Fiscalía de Granada.

El promotor de la construcción, Tomás Olivo, fue condenado a siete meses de prisión, a inhabilitación especial para la profesión de promotor inmobiliario por el mismo periodo, y a una multa de 7.800 euros por un delito contra la ordenación del territorio por la construcción en espacios verdes de una parte del edificio, que tendrá que ser derribado parcialmente, corriendo los gastos de demolición de su cuenta.

El resto de los acusados —los cuatro concejales que votaron a favor de la concesión de la licencia, dos arquitectos y dos abogados— fueron por otra parte absueltos de los delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio por los que habían sido procesados.

En cuanto a los posibles derribos, el juez ordenaba en su sentencia la demolición de una mínima parte del edificio, de apenas más de 1.400 metros cuadrados, en el suroeste, y de la parte de zona verde que invadieron las escaleras de emergencia (si bien éstas ya fueron retiradas) de un total de 275.000 construidos.

En el fallo, de 145 páginas, el magistrado consideraba "legalmente inviable" la petición de demolición total o parcial efectuada por la Fiscalía y alguna de las acusaciones, porque ésta tenía que estar relacionada con la ilicitud de las autorizaciones administrativas otorgadas, que sólo se le imputa a Morales Cara y Cañavate.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento