La Audiencia Nacional levanta las cautelarísimas al decreto del carbón

E.ON y HC se suman a la tesis del Gobierno sobre el decreto, frente a Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa
Descarga de carbón
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Descarga de carbón

La sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha levantado las medidas cautelarísimas que había aplicado sobre uno de los desarrollos normativos del real decreto del carbón nacional, según establece el auto.

El levantamiento de las cautelarísimas, acordado por el magistrado José Luis Requero, responde a un recurso presentado por el abogado del Estado al que se han sumado posteriormente las eléctricas E.ON y HC, así como la patronal Carbunión.

La decisión inicial de la Audiencia de imponer cautelarísimas había sido adoptada a solicitud de Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa, y se refiere a uno de los desarrollos normativos del decreto, en el que se emplaza a las compañías eléctricas a presentar en tres días cartas de compromiso de adquisición de carbón hasta 2012.

Ahora, el tribunal ha decidido levantar las cautelarísimas después de que el Tribunal Supremo hiciera lo propio con las cautelares que, en paralelo, había impuesto sobre el real decreto. De hecho, la Audiencia Nacional había condicionado en noviembre el mantenimiento de las cautelarísimas a que el Supremo se pronunciara en la misma dirección.

En diciembre, el Supremo emitió varios autos en los que rechazaba las cautelares solicitadas tanto por las eléctricas como por la Xunta de Galicia, lo que despejó el camino para que la Audiencia Nacional se pronunciara en la misma línea, como acaba de hacer.

De esta forma, ambas instituciones inician un periodo más largo de análisis del caso y permiten, al menos temporalmente, la entrada en vigor del decreto, que ahora sólo se encuentra pendiente de que el Tribunal de Luxemburgo levante sus cautelarísimas.

Cartas de compromiso.

En el caso de la Audiencia, las eléctricas habían recurrido una resolución de la Secretaría de Estado de Energía del 22 de octubre en la que se fijaba a partir de ese momento un plazo de tres días para presentar cartas de compromiso de compra de carbón.

Para las eléctricas, esta presión temporal era inaceptable y provocaría un daño económico irreversible, mientras que para el abogado del Estado este supuesto dolo no justificaba de ninguna manera la retirada del real decreto.

El Gobierno entiende que no concurren "circunstancias de especial urgencia" que justifiquen el mantenimiento de las cautelarísimas, ya que la resolución "no impone la obligación de presentar ls cartas de compromiso" de compra de carbón. AUDIENCIA,

Supremo y luxemburgo.

El frente de la Audiencia es, junto al del Supremo, uno de los tres en los que las eléctricas intentan evitar la aplicación del decreto, en el que se incentiva la quema de carbón nacional en centrales térmicas.

El tercer frente corresponde al Tribunal de Luxemburgo, que hoy ha convocado una vista judicial entre las tres grandes eléctricas y el Gobierno para determinar si mantiene las medidas cautelarísimas aplicadas en octubre.

El tribunal comunitario adoptó estas medidas contra la decisión de la Comisión Europea de declarar el decreto compatible con el mercado interior. El Ejecutivo comunitario había adoptado esta decisión después de que el Gobierno aceptase retirar de la ley una compensación, a modo de lucro cesante, para las centrales desplazadas que, a juicio de la Comisión, era ilegal.

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