El Ayuntamiento de Calatayud encarga una actualización catastral para detectar irregularidades en el pago del IBI

El Ayuntamiento de Calatayud ha contratado a una empresa para actualizar los datos del catastro y exigir así el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a aquellos contribuyentes que no estén al día en el pago de este tributo municipal.
Una de las calles del centro de Calatayud
Una de las calles del centro de Calatayud
AIC
Una de las calles del centro de Calatayud

El Ayuntamiento de Calatayud ha contratado a una empresa para actualizar los datos del catastro y exigir así el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a aquellos contribuyentes que no estén al día en el pago de este tributo municipal.

La contratación de este servicio se realizó en noviembre y con él se pone en marcha un proceso que se podría prolongar durante dos años y que pondrá al día el catastro, actualizando unos datos que "se han quedado obsoletos", ha afirmado el concejal de Hacienda, Armando Miñana, porque la última revisión catastral 2se hizo en el año 1995".

Desde el Consistorio bilbilitano no se ha valorado el volumen de recaudación que puede suponer la medida, considerada un acto de justicia social. Se trata, ha subrayado Miñana, de una propuesta "para corregir situaciones injustas", casos en los que "algunas personas, muchas veces por desconocimiento, no están cumpliendo con sus obligaciones fiscales mientras todos pagamos".

La empresa contratada por el ayuntamiento contrastará el inventario actual de inmuebles en el término municipal de Calatayud con la "situación real de la ciudad y su entorno" utilizando para ello material gráfico procedente de imágenes aéreas e inspecciones oculares de los inmuebles realizadas a pie de calle.

Las variaciones que resulten entre unos y otros datos "se notificarán a los interesados para que conozcan la irregularidad y sean ellos mismos quienes se pongan al día en el pago de esta impuesto", ha señalado el concejal. El pago del IBI se podrá exigir con carácter retroactivo, hasta por un periodo máximo de 4 años.

Esta revisión puede afectar a obras nuevas que no se hayan dado de alta en el catastro o a modificaciones sobre una propiedad que no se hayan notificado y supongan una ampliación o cualquier modificación sustancial de inmueble. El proceso para obtener esta información se hará, ha añadido Armando Miñana, "de fuera hacia adentro", es decir, empezando por el entorno de la ciudad, incluyendo inmuebles construidos en terreno rústico e industrial.

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