El BOP publica el anuncio de Delegación del Gobierno que autoriza provisionalmente la fabricación del 'tro de bac'

El Boletín Oficial de la Provincia de Valencia publica este lunes el anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana de la resolución por la que se autoriza provisionalmente la fabricación, manipulación y uso del 'tro de bac' durante 2011. En el texto se destaca que este artificio pirotécnico, tradicionalmente utilizado en las Fallas y otros festejos populares, es el "petardo valenciano por excelencia y, sin duda, el más popular".

El Boletín Oficial de la Provincia de Valencia publica este lunes el anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana de la resolución por la que se autoriza provisionalmente la fabricación, manipulación y uso del 'tro de bac' durante 2011. En el texto se destaca que este artificio pirotécnico, tradicionalmente utilizado en las Fallas y otros festejos populares, es el "petardo valenciano por excelencia y, sin duda, el más popular".

La autorización del uso del 'tro de bac' se limita a los actos, fechas y con las condiciones recogidas en la resolución, desde el 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011, y a los actos festivos como las 'despertaes', "bajo la vigilancia de las comisiones de fiestas que extremarán las medidas de seguridad".

La Asociación de Fabricantes Pirotécnicos de la Comunidad Valenciana (Piroval) había solicitado la autorización para la fabricación y utilización de este artificio pirotécnico "considerando que la imposibilidad de utilizarlo supondría un grave detrimento para unas fiestas tan arraigadas en la cultura y tradición populares, como son las Fallas de Valencia, que forman parte del patrimonio etnológico de esta Comunitat, con lo que se rompería una tradición que apenas ha evolucionado desde hace cien años".

En este caso, se solicitó informe a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil, que el 15 de noviembre pasado manifestó que no existía inconveniente en acceder a la solicitud presentada, mientras que el Área de Industria y Energía, cinco días antes, informó favorablemente a la petición. Asimismo, en la resolución se subraya que no se conocen antecedentes de accidentes ni en la fabricación ni en la utilización de este artificio pirotécnico.

La autorización especifica que, para garantizar el cumplimiento de las condiciones de seguridad de manipulación del 'tro de bac' establecidas en la Especificación Técnica primera del anexo IV de la ITC-8 del Reglamento de Explosivos, el producto se empaquetará en cajas de cartón con un contenido máximo de 50 unidades. El volumen ocupado de los petardos nunca será superior al 50 por ciento del volumen total de la caja, mientras que el resto será material de relleno inerte y amortiguador adecuado, como serrín o paja de arroz.

Condiciones de uso

Las cajas irán precintadas de forma que se impida su apertura accidental. Además de las condiciones de etiquetado, establecidas en el Reglamento de Explosivos, se insertarán otras condiciones como que se deben utilizar solamente por mayores de 18 años; al aire libre; que se tienen que lanzar contra el suelo; extraer de uno en uno de la caja; no contra personas, animales o bienes; no guardar en los bolsillos, bolsos o entre las ropas; no manipular ni extraer su contenido y no explosionar golpeando con objetos contundentes. La venta o suministro en unidades está prohibida.

Con objeto de minimizar los posibles efectos de la dispersión de la metralla, detallados en una Especificación Técnica del Reglamento de Explosivos, los 'tro de bac' deberán cumplir con una serie de medidas como que la cantidad de mezcla explosiva por cada artificio será inferior a 1,2 gramos, entre otras.

Además, también contempla otras condiciones adicionales de seguridad que deberán cumplirse en la fabricación, embalaje y transporte, venta al por menor y uso. En el primero de los apartados, se realizará por vías húmedas; no se podrá simultanear la fabricación con el resto de artificios pirotécnicos en el mismo local y, una vez terminado el proceso, que se realizará en campañas no inferiores a quince días de duración, se procederá a la limpieza exhaustiva del local, en húmedo, antes de volver a iniciar otro. Las mismas condiciones de seguridad deberán observarse con el calzado y la ropa de trabajo, entre otras especificaciones.

En el embalaje y transporte, para evitar la posibilidad de pérdida de mezcla pirotécnica, la sujeción de la envoltura del artificio será por encintado. Habrá un máximo de treinta cajas —con un total de 1.500 artificios—, que deberá colocarse en una caja de cartón que las ajuste y queden lo suficientemente fijadas de forma que se impida su movimiento durante el transporte y manipulación.

En la venta al por menor, se suministrará directamente del taller de fabricación a los responsables de las agrupaciones festeras, por ser un artificio pirotécnico de uso exclusivo en las fallas y otras festividades populares, tradicionales. El uso queda restringido a los actos festivos como las 'despertaes', bajo vigilancia de las comisiones de fiestas que extremarán las medidas de seguridad. El reparto de las cajas se realizará por las comisiones de fiestas, con orden y en el exterior de las edificaciones.

Las comisiones de fiestas elaborarán y suministrarán información adecuada a los sujetos que participen en estos actos, tanto activos como pasivos, de los riesgos que asumen derivados de la alta sensibilidad al impacto, rozamiento y explosión en masa y las medidas para evitarlo. Asimismo, tomarán las medidas oportunas para que los residuos sean eliminados "de forma segura" con el fin de evitar que, en el caso de producirse fallos de iniciación, los restos sean manipulados por personas desconocedoras del riesgo a que se ven sometidas.

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