La juez instructora del 'caso Mamotreto' en Tenerife pide a la Fiscalía que inicie la vía oral o sobresea la causa

Los siete imputados se enfrentan a un presunto delito de Ordenación del Territorio y Prevaricación Urbanística

La juez del Juzgado de Instrucción Número 2 de Santa Cruz de Tenerife, Juana María Hernández, ha dictado este martes un auto en el que solicita la apertura de juicio oral contra los responsables políticos y técnicos de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento capitalino que aprobaron entre 2004 y 2007 el proyecto denominado 'Ordenación del Frente Marítimo Playa de las Teresitas', realizado por el estudio de arquitectura de Dominique Perrault, que comprendía obras de urbanización consistentes en la ejecución de nuevos viarios, ajardinamiento y aparcamientos subterráneos.

Tal y como recoge el auto, la magistrada pide al Ministerio Fiscal que, en el plazo de diez días, formule escrito de acusación, solicitando la apertura de juicio oral en la forma prescrita por la Ley, o bien el sobreseimiento de la causa, contra Manuel Parejo, Luz Reverón, Epifanio Gómez, Loreto Ariz, Candelaria Benítez, Norberto Plasencia y José Domínguez Pastor por un presunto delito relativo a la Ordenación del Territorio y Prevaricación Urbanística.

En todo este proceso, Manuel Parejo actúa en calidad de imputado después de que adjudicase las obras del llamado 'Mamotreto' con conocimiento de que el Consejo Rector de la Gerencia de Urbanismo, de la que era presidente, "no podía dar licencias de obras en el ámbito afectado por el deslinde, habida cuenta de que el Ayuntamiento, con fecha 24 de mayo de 2006, había informado en el expediente del deslinde, aprobado el 12 de febrero de 2009".

Asimismo, la imputación sobre la actual concejal de Urbanismo, Luz Reverón, queda justificada por el hecho de que el 27 de octubre de 2007, el Consejo Rector de la Gerencia de Urbanismo, esta vez bajo su presidencia, aprobó el 'Proyecto Modificado Número 1' —que comprendía una segunda planta de aparcamientos— sin haberse dictado las autorizaciones preceptivas del Ministerio de Medio Ambiente, al extenderse las obras a la zona de dominio público marítimo, y de la Comunidad Autónoma, al afectar las obras a la servidumbre de protección.

Entretanto, los arquitectos Loreto Ariz y Epifanio Gómez también intervienen en calidad de imputados después de que el 13 de diciembre de 2004 informasen de forma favorable el proyecto. También está imputada la técnico Candelaria Benítez Pérez, que elevó al Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Urbanismo la propuesta de aprobación del referido proyecto.

En cuanto a José Domínguez y Norberto Plasencia, también han sido imputados después de que en 2004 y 2005, respectivamente, votasen a favor del proyecto cuando presidían la Concejalía de Infraestructuras y Obras. Asimismo, en el caso de Plasencia, también intervino en la sesión del Consejo Rector de 29 de octubre de 2007, votando a favor del 'Proyecto Modificado I'.

Hechos delictivos

El presunto delito de Ordenación del Territorio y Prevaricación Urbanística que recae sobre los siete imputados, según explica la magistrada en el auto, queda justificado por el hecho de que no consta que el proyecto 'Ordenación del Frente Marítimo de la Playa de las Teresitas. Fase de Acceso y Complementos', así como el 'Modificado número 1' contasen con los títulos de concesión administrativa y autorizaciones preceptivas de la Dirección General de Costas, en cuanto a las obras que afectaban al dominio público terrestre, y de la Comunidad Autónoma, respecto de las obras que invadían la servidumbre de protección.

Es más, la juez aclara en su escrito que la concesión administrativa no podía otorgarse por la Dirección General de Costas al no haberse firmado el convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Santa Cruz, que estaba condicionado a la fijación de la delimitación del dominio público marítimo terrestre y a la aprobación del nuevo deslinde de fecha 12 de febrero de 2009, y del que resulta que las obras siguen siendo inviables y no autorizables.

Igualmente, en el informe realizado tanto por los técnicos de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun), como el informe emitido por el Servicio del Litoral Occidental de la Consejería de Medio Ambiente, se confirma que parte de la estructura de la obra afectaba a la servidumbre de protección en unos 7 metros de fondo por 60 metros de frente, lo que hace una superficie de 420 metros cuadrados, así como que los acopios invadían tanto la servidumbre de protección como la zona de dominio público marítimo terrestre.

Incluso, dichos informes concluyen que de la parte del edificio aún no construida resultaría una ocupación del dominio público terrestre de 1.223 metros cuadrados, según el deslinde aprobado por Orden Ministerial con fecha 12 de febrero de 2009, que es coincidente en este tramo con el anterior aprobado por Orden Ministerial de 13 de mayo de 1961.

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