El PP "respeta" tanto la sentencia que ha condenado a Del Ojo como su decisión de recurrirla ante el Supremo

El PP de Granada ha mostrado sus "respeto" hacia la resolución judicial que ha condenado por un delito de prevaricación a siete años de inhabilitación al ex diputado nacional José Luis del Ojo como la decisión del procesado a recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo.

El PP de Granada ha mostrado sus "respeto" hacia la resolución judicial que ha condenado por un delito de prevaricación a siete años de inhabilitación al ex diputado nacional José Luis del Ojo como la decisión del procesado a recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo.

En rueda de prensa, la secretaria general del PP granadino, Luisa García Chamorro, ha recordado que la sentencia dictada por la Audiencia de Granada "no es firme" y que de los cuatro asuntos que en principio se le imputaban a Del Ojo, ex concejal de Urbanismo en Ogíjares, "ha sido absuelto de tres".

Asimismo, ha considerado que aún queda tiempo para que el tema se esclarezca definitivamente, puesto que el recurso de casación que se interpondrá ante el Alto Tribunal "va a ser un proceso largo".

Por otra parte, ha indicado que el PP no puede adoptar acciones contra uno de sus militantes por haber sido condenado, puesto que tiene 20.000 en la provincia de Granada y no puede controlar todos sus procesos penales, si bien sí tiene claro que "ninguna persona condenada a cárcel irá en las listas del PP para cualquier institución".

Del Ojo ha sido condenado por adjudicar, siendo concejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Ogíjares, varias obras municipales prescindiendo "total y absolutamente de todo procedimiento administrativo" y siendo "perfecto conocedor" de la ilegalidad que estaba cometiendo.

En la sentencia que el ex diputado ya ha anunciado que recurrirá, los magistrados consideran probado que éste, que desempeñó el cargo de concejal de Urbanismo desde 2003 hasta octubre de 2006, aprovechó la ausencia del entonces alcalde de la localidad, Francisco Plata (ex PP ahora del independiente APPO), para, en calidad de alcalde en funciones, contratar "verbalmente" con la empresa 'Promociones y Construcciones García Mejías' varias obras en el edificio del Ayuntamiento, una plaza y calles adyacentes en el verano de 2005.

Todo, entiende el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia, "con ausencia total de procedimiento en cuanto a la ejecución" de los trabajos, sin informe "alguno" de la Secretaría del Ayuntamiento, del Servicio de Contratación o de Intervención y además sin consignación presupuestaria en el momento de realizarse, "eludiendo de tal forma los requisitos de publicidad e imparcialidad en la contratación".

Además, con la "finalidad" de que las referidas obras tuvieran la consideración DE menores, por ser su cuantía inferior a 30.000 euros, "logró los informes necesarios" de técnicos del Ayuntamiento para avalar su "fraccionamiento", "cuando en realidad era una sola la obra en las calles y otra la del Ayuntamiento".

En definitiva, la Audiencia considera que "prescindió total y absolutamente de todo procedimiento administrativo en la adjudicación", siendo "perfecto conocedor" de la ilegalidad que estaba cometiendo.

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