La Junta autoriza a San Ildefonso (Segovia) a recuperar su denominación histórica como 'Real Sitio'

La Junta de Castilla y León aprobó el cambio de denominación del municipio de San Ildefonso, en la provincia de Segovia, consistente en sustituir el nombre por el de 'Real Sitio de San Ildefonso', su nombre histórico, según publica el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl).
Los jardines de San Ildefonso (Segovia),
Los jardines de San Ildefonso (Segovia),
EP
Los jardines de San Ildefonso (Segovia),

La Junta de Castilla y León aprobó el cambio de denominación del municipio de San Ildefonso, en la provincia de Segovia, consistente en sustituir el nombre por el de 'Real Sitio de San Ildefonso', su nombre histórico, según publica el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl).

El procedimiento se tramitó tras la petición del propio Ayuntamiento de la localidad con el fin de recuperar el nombre que el municipio tuvo históricamente.

El Consistorio emitió los correspondientes informes de la Diputación Provincial de Segovia, de la Real Academia de la Historia y de la Universidad de Valladolid así como una comunicación del jefe de la Casa de Su Majestad el Rey.

En el expediente se acredita que existen razones históricas que aconsejan la recuperación del nombre y que la denominación propuesta no coincide ni produce confusión con otras denominaciones ya existentes.

Así, y de conformidad con la competencia atribuida en el artículo 24 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, la Junta, a propuesta del consejero de Interior y Justicia, Alfonso Fernández Mañueco, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del 2 de diciembre adoptó el acuerdo por el que se aprueba el cambio.

Esta modificación se comunicará a la Administración del Estado para su anotación en el Registro de Entidades Locales y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Según el acuerdo de la Junta, la Consejería de Interior y Justicia queda facultada para dictar las disposiciones que pudiera exigir el cumplimiento de este Acuerdo.

Contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses, a partir de mañana.

No obstante, según recoge el Bocyl, con carácter previo y potestativo el acuerdo podrá ser recurrido en reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a partir de mañana, sin que en este caso pueda interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición formulado.

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