Economía destaca que la Ley ampara a la Junta de Andalucía a realizar encomiendas de gestión a entidades instrumentales

La Consejería de Economía, Innovación y Ciencia ha recordado este lunes, ante las críticas del PP, que la Ley (9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía y 5/2009, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010) ampara a la Junta de Andalucía en la realización de encomiendas de gestión a entidades instrumentales de la propia Administración. De hecho, las encomiendas de gestión son instrumentos jurídicos y regulados y, por tanto, la Junta de Andalucía tiene absoluto y pleno derecho a su uso.

La Consejería de Economía, Innovación y Ciencia ha recordado este lunes, ante las críticas del PP, que la Ley (9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía y 5/2009, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010) ampara a la Junta de Andalucía en la realización de encomiendas de gestión a entidades instrumentales de la propia Administración. De hecho, las encomiendas de gestión son instrumentos jurídicos y regulados y, por tanto, la Junta de Andalucía tiene absoluto y pleno derecho a su uso.

A este respecto, Economía recuerda en un comunicado que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), "en ningún caso ha prohibido realizar encomiendas de gestión a entidades instrumentales de la Administración". El hecho de que el TSJA, en un supuesto concreto, haya dictado un auto como medida de suspensión cautelar de una determinada resolución de encomienda, no determina la inaplicación generalizada por el Alto Tribunal Andaluz de un instrumento de gestión previsto legislativamente.

Ante las declaraciones de la portavoz regional del PP-A, Rosario Soto, quien ha hecho referencia a una información difundida por un medio de comunicación sobre la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Información (Sadesi), la Consejería subraya que esa información "no responde a la realidad", puesto que la Junta ha cumplido escrupulosamente con la Ley y ha utilizado todos los instrumentos que se encuentran a su disposición en el marco legislativo vigente.

Además, Economía puntualiza que la citada información no se refiere a un expediente de encomienda de gestión, sino a un expediente de contratación sometido a la norma de legislación de contratación específica del sector público con pleno respeto a los principios de publicidad y concurrencia.

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