Creada un área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi para siete municipios

Castañeda, Marina de Cudeyo, Miengo, Piélagos, Polanco, Santa Cruz de Bezana y Santa María de Cayón
Un taxi
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La Dirección General de Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Cantabria ha aprobado una resolución por la que se regula la creación de un área territorial de prestación conjunta para el transporte público de viajeros en vehículos de turismo (taxis) para siete municipios de la comunidad autónoma.

En concreto, dicho área afecta a los municipios de Castañeda, Marina de Cudeyo, Miengo, Piélagos, Polanco, Santa Cruz de Bezana y Santa María de Cayón.

La creación de este área responde a las carencias que diversos municipios de Cantabria, en horario nocturno así como en días festivos, presentan en lo que al servicio de taxis se refiere, generando dichas carencias un problema que se agrava cuando un traslado adquiere el carácter de urgente, señala la resolución, recogida por Europa Press.

Por esta razón, profesionales del taxi pertenecientes a los municipios de Castañeda, Marina de Cudeyo, Miengo, Piélagos, Polanco, Santa Cruz de Bezana y Santa María de Cayón, agrupados bajo la denominada 'Asociación Profesional del Taxi de Cantabria y sus municipios', solicitaron la creación de un área territorial de prestación conjunta en la que quedarían integrados los referidos términos municipales, pudiendo posteriormente incorporarse profesionales de otros municipios en los que se detectasen carencias de dicho servicio.

Por parte de los municipios para los que se propone, en principio, el área territorial de prestación conjunta, se ha emitido informe favorable en una proporción superior a las dos terceras partes de los mismos, los cuales representan más del 75 por ciento del total de población del área.

Horarios y tarifas

Según dispone la resolución, recogida por Europa Press, el servicio de transporte público de viajeros se llevará a efecto por vehículos que dispongan de licencia municipal expedida por alguno de los municipios integrados en el área, y que estén debidamente autorizados.

Asimismo, los vehículos deberán llevar a bordo autorización específica expedida por la Dirección General de Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Cantabria, habilitante para poder prestar servicio en el área territorial.

El área territorial de prestación conjunta a que se refiere la resolución dará servicio única y exclusivamente en el marco horario contemplado en la tarifa 4 y que comprende entre las 22,00 y las 6,00 horas, así como sábados, domingos y festivos las 24 horas.

Los servicios demandados lo serán a través de centralita telefónica, la cual, de manera obligatoria, los atenderá según el siguiente orden: taxi del municipio del solicitante que esté esperando en parada; del municipio del solicitante más cercano a su domicilio; y taxi de cualquiera de los otros municipios encuadrados en el área que esté más cercano al domicilio del solicitante.

La centralita llevará el oportuno registro de llamadas, en el que deberá quedar constancia del orden seguido en la adjudicación de cada servicio. La resolución establece que la carencia de este registro de llamadas dará lugar a la inmediata revocación de la autorización para el área de prestación.

Un mínimo de 5 vehículos mantendrán servicio de guardia entre las 24,00 y las 6,00 horas, siendo rotativo dicho servicio entre los profesionales encuadrados en el área de prestación.

Las tarifas aplicables a los servicios solicitados se corresponderán con las aprobadas para la tarifa 4 por la Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico del Gobierno de Cantabria.

La inspección de transportes dependiente de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones velará por el correcto cumplimiento de las condiciones de prestación del servicio.

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