Condenan a la Junta a indemnizar con 28.000 euros a un menor tras un accidente en el que perdió varios dedos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a la Junta a indemnizar, con más de 28.000 euros, a un menor de 16 años por "falta de diligencia en siniestro laboral" en un accidente ocurrido, hace ahora más de siete años, durante la realización de un curso del programa de Formación Profesional Ocupacional de la Consejería de Empleo y Desarollo Tecnológico, causando al joven la amputación de algunos dedos.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a la Junta a indemnizar, con más de 28.000 euros, a un menor de 16 años por "falta de diligencia en siniestro laboral" en un accidente ocurrido, hace ahora más de siete años, durante la realización de un curso del programa de Formación Profesional Ocupacional de la Consejería de Empleo y Desarollo Tecnológico, causando al joven la amputación de algunos dedos.

Según recoge la demanda presentada por el acusado, el suceso tuvo lugar "mientras los alumnos trabajaban con diversa maquinaria peligrosa", cuando "uno de los compañeros hace funcionar los rodillos, resbalando el brazo del joven y quedando su mano derecha aprisionada por los mismos, causándole graves lesiones", ante la presencia de otros tres alumnos.

Seguidamente, el menor fue trasladado al ambulatorio del municipio malagueño de Campillos a pesar de que, finalmente, fue atendido en el Hospital de Antequera (Málaga) ese mismo día, cuando recibe el alta hospitalaria.

Además, pone de manifiesto que se trata de "un accidente ocurrido por omisión del deber de cuidado, por parte de las personas cuya responsabilidad estaba en el desarrollo del programa", de forma que, "tratándose de un menor y utilizando en el curso objetos peligrosos para la integridad física", indica que éstos "deben poner toda la diligencia necesaria para evitar estos riesgos".

Por último, destaca la ausencia de "fuerza mayor o caso fortuito" durante el transcurso de las clases, a la vez que denuncia el incumplimiento de la normativa al "no haber concertado la cobertura de riesgos de accidentes de trabajo con una Mutua de Accidentes de Trabajo o con la propia Seguridad Social", de forma que el joven "ha quedado sin cobertura alguna de las lesiones padecidas".

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