El TS establece que un tribunal juzgue la 'Operación Karlos' en vez de hacerlo un jurado

Entre los procesados se encuentra María José Campanario, esposa del diestro Jesulín de Ubrique
Maria José Campanario en Simof
Maria José Campanario en Simof
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Maria José Campanario en Simof

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha estimado el recurso presentado por las defensas de los procesados en la denominada 'Operación Karlos' (presunta trama de fraude a la Seguridad Social) y ha establecido que el juicio por esta causa se celebre ante una Sala de jueces profesionales, y no ante un jurado popular. La razón es que el delito principal, que arrastra al resto, es el de estafa, que no es competencia del jurado, según establece la Ley.

El pasado 3 de noviembre, cinco magistrados del Tribunal Supremo deliberaron sobre este asunto, y en el auto dado ha conocer este martes, del que ha sido ponente el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, se ha establecido que en este caso se está ante la imputación de un delito, el continuado de estafa, que no es competencia del Tribunal del Jurado, aunque se haya cometido en conexión con otros que lo habrían sido.

El resto de imputaciones —falsedad en documento oficial, actividades prohibidas a funcionario y cohecho— son meras actuaciones instrumentales para lograr la estafa, dándose la circunstancia de que "por la propia naturaleza de las conductas, resulta imposible su tratamiento por separado en el juicio oral".

Por ello, y en cumplimiento de la doctrina sobre la aplicación de la Ley del Jurado establecida por el propio Tribunal Supremo el pasado mes de febrero, se estima que el delito principal condiciona al resto y los hechos deberán ser juzgados por los tres magistrados a cuya sección corresponda esta causa en la Audiencia Provincial de Cádiz.

Los magistrados que han tomado esta decisión han sido, además de Andrés Ibáñez, los también miembros de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Andrés Martínez Arrieta, Francisco Monterde, Alberto Jorge y José Antonio Martín.

La Audiencia Provincial decidió en su día que el caso fuera juzgado ante un jurado popular, lo que hizo que las defensas presentaran un recurso ante el Tribunal Supremo para que las más de 30 personas que se sentarán en el banquillo de los acusados sean juzgados por tres magistrados.

Entre los presuntos implicados se encuentra María José Campanario, mujer del diestro Jesulín de Ubrique, acusada de tratar de conseguir una pensión para su madre.

Pensiones irregulares.

La 'Operación Karlos', según indicó la Guardia Civil cuando se destapó, se inició cuando los agentes del Instituto Armado tuvieron conocimiento de que Carlos Carretero —ex jefe de la Policía Local de Ubrique (Cádiz)— podría encontrarse implicado en una trama organizada dedicada a la concesión de pensiones por incapacidades laborales mediante procedimientos ilegales, pudiendo estar encargado de captar a personas interesadas en obtenerla de dicha forma.

Tras las primeras investigaciones, constataron que esta persona contaba con la connivencia de un inspector médico (Francisco Casto), que se apoyaba en determinados facultativos, tanto de atención primaria como especialistas, para expedir bajas e informes médicos falsos e incorporarlos a la documentación necesaria para iniciar el expediente de incapacidad laboral o por accidente, encargándose de supervisar estos documentos mediante cobro de dinero. HASTA 24.000 EUROS

Además, según la Guardia Civil, informes médicos emitidos por especialistas pudieron incluso ser falsificados por alguno de los facultativos implicados. Para ello, los interesados abonaban cantidades que oscilaba entre los 9.000 y los 24.000 euros, con el fin de beneficiarse de estas pensiones fraudulentas.

En los casos en los que el beneficiario carecía de dinero, los dirigentes de esta trama le facilitaban una póliza a través de entidades bancarias, que posteriormente era abonada al banco una vez concedida la pensión.

Así, una vez recibido el dinero o parte del mismo, Carlos Carretero instaba a los aspirantes a dicha prestación que residen fuera de la ciudad de Cádiz a que fijaran su domicilio en esta ciudad, ofreciendo direcciones de familiares de él mismo y de un facultativo implicado en la trama, al objeto de que el Inspector Médico, asignado al área de la Bahía de Cádiz, pudiera emitir su informe favorable.

Para ello, previamente el candidato a la pensión debía de estar de baja médica por su facultativo de cabecera, por un especialista o haber sido atendido de urgencias en un centro hospitalario.

En la mayoría de los casos investigados, los médicos de atención primaria y especialistas han sido los mismos, todos ellos vinculados y captados por Casto. Además, varios de estos médicos pertenecían a mutuas, que buscaban un beneficio propio como contraprestación a su actuación delictiva y, paralelamente, pretendían obtener contratos con las empresas dirigidas por el propio Carlos Carretero a cambio de involucrar a algún médico —en uno de los casos a su propia esposa— para que facilitara las bajas a varios aspirantes a las referidas prestaciones.

La mayoría de los beneficiarios que obtuvieron o intentaron obtener estas pensiones por incapacidad laboral son de la comarca de la sierra gaditana, donde uno de los principales dirigentes de esta organización está muy vinculado.

La Guardia Civil indicó que algunos de los beneficiarios de la invalidez desconocían el mecanismo de obtención de una pensión por incapacidad laboral, ya que muchos de ellos están realmente enfermos y lo podrían haber solicitado por el procedimiento establecido y por tanto sin coste alguno al Ministerio de Trabajo a través del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).

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