En libertad el acusado de retener en Ciudad Real a su pareja tres años

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Valdepeñas (Ciudad Real) ha puesto en libertad a Lorenzo M.N., de 33 años, acusado de retener durante tres años a su pareja, una mujer paraguaya de 26 años, P.V., una decisión que no fue recurrida por el Ministerio Fiscal.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Valdepeñas (Ciudad Real) ha puesto en libertad a Lorenzo M.N., de 33 años, acusado de retener durante tres años a su pareja, una mujer paraguaya de 26 años, P.V., una decisión que no fue recurrida por el Ministerio Fiscal.

Según ha informado este viernes el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha (TJSCLM), en relación con este caso, el Juzgado de Instrucción nº 19 de Madrid abrió en su día diligencias previas tras la denuncia presentada por los familiares de la mujer en la que aseguraban no tener noticias de ella desde hacía varios años.

Tras una serie de investigaciones policiales que permitieron sospechar que P.V. se encontraba en una vivienda de la localidad ciudadrealeña de Moral de Calatrava, y que podría estar siendo víctima de malos tratos por parte de la persona con la que supuestamente convivía, Lorenzo M.N., que pudiera tenerla retenida en dicha vivienda; el Juzgado de Instrucción de Madrid acordó el secreto de las actuaciones y la entrada y registro en el domicilio.

En este sentido, el pasado 4 de noviembre, siguiendo la petición del juzgado madrileño, el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Valdepeñas (Ciudad Real), que se encontraba de guardia, ejecutó la orden de entrada y registro que dio como resultado el hallazgo de P.V. en el interior de la vivienda en unas condiciones de salud precarias, que motivaron su traslado a un centro hospitalario.

En el curso de estas diligencias, según ha indicado el TSJCLM, fue detenido Lorenzo M.N., la persona que supuestamente convivía con P.V. y puesto a disposición del juzgado de guardia de Valdepeñas el viernes 5 de noviembre.

Libertad no recurrida

A la vista de las actuaciones disponibles en ese momento y con conocimiento del Ministerio Fiscal, que no solicitó la celebración de la comparecencia sobre prisión provisional, la juez acordó poner en libertad al detenido por no existir a su juicio, según esa valoración provisional, indicios suficientemente fundados de un delito de detención ilegal o de un supuesto de violencia de género.

Esta resolución fue notificada al Ministerio Fiscal, que no interpuso recurso contra ella. Tampoco se dictó orden de protección o medida de alejamiento por entender que no había base para ello en ese momento.

Asimismo, las actuaciones realizadas por el juzgado de guardia de Valdepeñas fueron remitidas al Juzgado de Instrucción nº 19 de Madrid, que inició la causa, y este a su vez ha remitido el procedimiento al Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 de Valdepeñas, que ha aceptado la competencia, estando a la espera este órgano judicial de conocer el contenido completo de las actuaciones.

Al estar la causa, según señala el TSJCM, en este momento, según los datos de que se dispone, bajo secreto de sumario, no es posible facilitar de momento más datos.

En este sentido, el TSJCLM hace un llamamiento a la prudencia para evitar que, mediante informaciones inexactas y precipitadas de una causa todavía en fase inicial de investigación, se puedan anticipar hechos o imputaciones que no se corresponden con la realidad. .

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