Condenan a una mujer por llevar a un perro suelto y que escapó provocando la caída de un motorista

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado de Málaga en la que se condenó a una mujer por las lesiones sufridas por un motorista en un accidente de tráfico que se produjo cuando el perro de la acusada, que no estaba atado, se escapó y se cruzó en la trayectoria de la moto.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado de Málaga en la que se condenó a una mujer por las lesiones sufridas por un motorista en un accidente de tráfico que se produjo cuando el perro de la acusada, que no estaba atado, se escapó y se cruzó en la trayectoria de la moto.

Así, la sentencia de la Audiencia, a la que tuvo acceso Europa Press, desestima el recurso presentado por la acusada contra la resolución dictada por un juzgado de instrucción que la condenó por una falta de lesiones imprudentes al pago de una multa de 90 euros y una indemnización al perjudicado de 55.000 euros.

Esa sentencia declaró probado que en abril de 2008 en una calle de la capital malagueña se produjo un accidente cuando el perro, de raza labrador, de la mujer "que no estaba atado y se escapó de su cuidadora" entró en la calle e interrumpió la trayectoria del motorista, quien por el impacto resultó lesionado en una pierna.

La defensa de la acusada alegó que el perro no fue soltado voluntariamente por ésta, aunque la Sala recuerda que lo determinante es "el hecho de no llevar atado al perro", de forma que se dan "todos los elementos del tipo de lesiones causadas por imprudencia leve, pues la encargada de la custodia del perro omitió el deber de cuidado".

En este sentido, se añade que permitió que el perro se escapase "por no llevarlo sujeto, irrumpiendo en la calzada de forma sorpresiva, interceptando la trayectoria de la motocicleta y causando las lesiones acreditadas" en el perjudicado, al que se le declaró la incapacidad permanente total a consecuencia del siniestro.

Además, el Tribunal considera que no ha quedado acreditado ni en el atestado policial ni en la declaración de los agentes que la manifestación de la defensa sobre que el denunciante no adecuó la velocidad a las condiciones de la vía, rechazando también el resto de alegaciones del recurso.

Asimismo, estima "proporcionada" la indemnización fijada para el perjudicado, ya que, aunque la incapacidad que tiene declarada a raíz del accidente "lo es a efectos de laborales", la Sala precisa que "supone una incapacidad importante para el ejercicio de cualquier actividad profesional y física".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento