El TSXG reconoce el derecho de los trabajadores a no recuperar el tiempo invertido negociando el convenio colectivo

Dos afiliadas de la CIG fueron instadas a recuperar las horas de la negociación a riesgo de que se le "quitasen" del sueldo

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho de los trabajadores a participar en la negociación de un convenio colectivo sin necesidad de recuperar el tiempo invertido en esta materia ni tampoco que esa dedicación les sea descontada de su sueldo aún sin tener crédito de horas sindicales.

La sentencia, que es firme y ha sentado jurisprudencia en el sindicalismo gallego, reconoce ese derecho a dos trabajadoras de Zara, afiliadas a la CIG, a las que la empresa no se lo reconocía. Además, el grupo Inditex tendrá que pagar una indemnización al sindicato nacionalista por daños y perjuicios.

El responsable de la CIG en Ourense, Etelvino Blanco, ha comparecido este miércoles en una rueda de prensa en Ourense en la que estuvo acompañado por otro miembro del sindicato, Carlos Blanco, el cual ha relatado cómo se produjeron los acontecimientos hasta conocer la sentencia firme del TSXG. Así, ha explicado que la situación se remonta a la negociación colectiva del textil del año 2009.

En aquel momento, tras seleccionar la CIG las personas que participarían por este sindicato, según ha explicado Vázquez, a dos trabajadoras le fue comunicado que "deberían recuperar el tiempo" dedicado a dicha negociación colectiva o de lo contrario "se les quitaría del salario", ya que no disponían de crédito de horas sindicales.

La CIG denunció los hechos ante el Juzgado de lo Social de Ourense por vulneración del artículo 9.2 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, que recoge el "derecho a participar con crédito horario para hacer una labor negociadora". Ése juzgado dictó sentencia favorable a la empresa por lo que la CIG presentó recurso ante el TSXG, que, finalmente, le ha dado la razón, con sentencia firme e inapelable, al sindicato nacionalista.

Sienta jurisprudencia

En su intervención, Etelvino Blanco, ha asegurado que "lo importante" de dicha sentencia es que la misma crea "jurisprudencia" y se "puede aplicar no sólo en el caso de este convenio ni sólo en el caso de la CIG" sino "para cualquier organización sindical y todos los convenio colectivos".

Asimismo, Blanco ha apuntado que, además, dicha sentencia "se da" en un momento "muy difícil para el sindicalismo" en donde "se están viendo cortados los derechos sindicales de los representantes sindicales" y "se están atacando continuamente muchas veces sin ningún razonamiento"

En este sentido, el responsable de la CIG ha explicado que el TSXG "hace valer lo que figura en la Ley Orgánica de Libertad Sindical" que "es simplemente que para representar a una central sindical y estar en horario de trabajo negociando un convenio colectivo" no es "necesario tener crédito horario de horas sindicales" sino que "basta con que la organización sindical designe ése representante y ése trabajador tiene pleno acceso a la negociación colectiva en igualdad de condiciones que cualquier otro representante que sea delegado o de comité de empresa".

Asimismo, Blanco ha señalado que la sentencia afecta a una "empresa puntera a nivel de Galicia", que "optaba por esta vía para impedir la participación de los trabajadores en la negociación colectiva y ahora tendrá que respetar la ley".

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