UM propone que la sobreocupación de las viviendas sea considerada como una infracción muy grave

Los nacionalistas presentarán 22 enmiendas al proyecto de la Ley de Vivienda

UM propondrá, mediante una enmienda, que la Ley de Vivienda considere la sobreocupación de las viviendas como una infracción muy grave y que, por lo tanto, lleve aparejada una sanción de entre 15.001 y 60.000 euros.

Esta es una de las 22 enmiendas que los nacionalistas presentarán al proyecto de ley, que se está tramitando actualmente en el Parlament, y que este miércoles han sido anunciadas en rueda de prensa por el presidente de UM, Josep Melià.

Melià ha señalado que el proyecto de ley define el concepto de vivienda sobreocupada, si bien ha puntualizado que no prevé "una reacción proporcional a la gravedad" del caso. En esta línea, van a proponer que se otorgue potestad a los ayuntamientos para actuar ante estos casos, que son, en su opinión, las instituciones que tienen mayor capacidad para controlarlos y actuar al respecto.

Asimismo, UM planteará en sus enmiendas que la sobreocupación de viviendas de protección pública sea considerada en la Ley como causa de desahucio.

Otro de los apartados del proyecto de ley sobre el que UM presentará enmiendas es el que hace referencia a las viviendas desocupadas. En este sentido, Melià ha explicado que el proyecto señala que se considera como una infracción muy grave que se mantenga una vivienda desocupada durante más de dos meses.

En opinión de los nacionalistas, este punto peca de "un excesivo intervencionismo por parte de la Administración" y que, incluso, va "contra el derecho de propiedad". Por ello, Melià ha precisado que plantearán en una enmienda la eliminación de este artículo.

Por otra parte, el presidente uemita ha indicado que otra de las enmiendas irá orientada hacia los requisitos del silencio administrativo. Melià ha explicado que todas las viviendas protegidas tienen dos calificaciones, una provisional y otra definitiva.

En ambos casos la ley prevé que se considerará silencio administrativo si la Conselleria de Vivienda no contesta dentro del plazo determinado y que, por tanto, se otorgará la calificación que competa. No obstante, marca como requisito que no vaya contra el ordenamiento jurídico.

UM propondrá en una enmienda la eliminación de este requisito al entender que supone "un impedimento al silencio administrativo" y que si la administración no contesta dentro de su plazo la calificación de la vivienda se debe producir. (

Habrá ampliación)

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