El TSJA obliga al Ayuntamiento de Gijón a integrar en su convenio a los trabajadores de las escuelas infantiles

Las diferencias salariales a favor de cada trabajador suponen unos 13.000 euros anuales

El Ayuntamiento de Gijón deberá integrar a los trabajadores municipales de las escuelas infantiles de 0 a 3 años dentro de su convenio colectivo, según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que estima sendos recursos presentados por los sindicatos UGT y CCOO.

Según el fallo judicial recogido por Europa Press, los trabajadores, contratados por el Ayuntamiento con base a un convenio de colaboración con el Principado de Asturias, regulaban sus condiciones laborales por un convenio firmado por la Federación Asturiana de Concejos, aplicable a los centros de toda Asturias, cuya vigencia finalizó el 31 de diciembre de 2003 sin que hasta el momento se haya logrado un acuerdo para su renovación.

Fruto de esta situación, en la negociación del convenio municipal se incluyó una cláusula por la que se establecía que, a 1 de septiembre de 2009, los trabajadores se integrarían en el convenio de referencia, bien del Principado de Asturias bien del Ayuntamiento de Gijón. No obstante, este último se negó a aplicarlo alegando que para ello se requería una nueva negociación.

La sentencia da ahora la razón a los demandantes, al reflejar que los trabajadores, siempre que no se integrasen en el Principado de Asturias, responsable de la administración educativa, se considerarían automáticamente incluidos en el ámbito de aplicación del convenio del Ayuntamiento de Gijón, dada la cláusula anteriormente citada.

Asimismo, el fallo judicial obliga a actualizar las nóminas de los trabajadores, que al integrarse en el convenio colectivo municipal percibirán unas diferencias salariales a favor de cada trabajador de alrededor de 13.000 euros anuales, que deberán percibir con efectos retroactivos desde el 1 de septiembre de 2009.

Según consta en la sentencia, el Ayuntamiento tenía contratadas 103 personas, lo que supondría abonar más de 1,3 millones euros de más anuales, si se tiene en cuenta la diferencia salarial por trabajador, ya que la retribución anual fijada para las escuelas es de 15.050 euros anuales, mientras que en el convenio municipal para el maestro educador se marca una nómina de 28.717,31 euros al año. Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de diez días.

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