El PSdeG expresa su "indignación" por que la acción del TSXG sea cuestionar su derecho a denunciar tras "un año y medio"

Critica que el TSXG se ampare en una "eventual falta de legitimidad" que no ha pedido la defensa de la Xunta porque causa dilación en el fallo
El PSdeG se muestra "convencido" de que el TSXG le dará "la razón"
El PSdeG se muestra "convencido" de que el TSXG le dará "la razón"
EP/PSDEG
El PSdeG se muestra "convencido" de que el TSXG le dará "la razón"

El portavoz parlamentario del PSdeG, Xaquín Fernández Leiceaga, ha mostrado este viernes su "indignación" por que la determinación del Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) haya sido cuestionar la "legitimidad" de los diputados para recurrir ante la Justicia la composición del Consello de la Xunta, que los socialistas creen que no respeta la paridad obligada por ley. "No es admisible después de un año y medio", ha criticado.

Preguntado en rueda de prensa por el plazo de alegaciones que el TSXG ha abierto para que las partes se pronuncien sobre "la eventual falta de legitimación de los recurrentes, a efectos de declarar, en su caso, inadmisible el recurso", Leiceaga ha expresado también su "estupor" por que, desde instancias judiciales, se traslade a la opinión pública "una interpretación parcial e incorrecta" de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que estipula quien está legitimado para recurrir a esta vía.

El alto tribunal gallego justificó su resolución en que, según lo dispuesto en el segundo párrafo del apartado 1.i del artículo 19 de la citada ley, "cuando los afectados sean una pluralidad de personas indeterminada o de difícil determinación, la legitimación para demandar en juicio la defensa de estos intereses difusos corresponderá exclusivamente a los organismos públicos con competencia en la materia, a los sindicatos más representativos y a las asociaciones de ámbito estatal cuyo fin primordial sea la igualdad entre mujeres y hombres, sin perjuicio, si los afectados estuvieran determinados, de su propia legitimación procesal".

Según ha señalado el socialista, en los ocho apartados previos y en el primer párrafo del apartado 1.i, dicha normativa establece que "las personas físicas o jurídicas que ejercen un derecho o interés legítimo" también pueden acudir a la vía contencioso-administrativa. A su entender, en este grupo "están sin duda los grupos parlamentarios y los diputados autonómicos". "Está clarísimo que los diputados estamos legitimados para defender los intereses públicos", ha insistido, para reiterar su "indignación" por que se ponga en cuestión su derecho, que supone, a su juicio, "recortar las funciones" que ostentan los parlamentarios como "representantes de los ciudadanos". "INADMISIBLE"

"No es admisible en un sistema democrático que funcione con normalidad", ha incidido, para subrayar a renglón seguido que "hace casi un año y medio" que los socialistas presentaron la demanda —en junio de 2009—. "Resulta bastante impresionante que la acción del TSXG sea poner en cuestión nuestra capacidad de defender el interés público para aplicar el principio de legalidad", ha reiterado Leiceaga, quien ha justificado sus quejas en que la "eventual falta de legitimidad" del Grupo Parlamentario Socialista "ni siquiera fue planteado por la defensa jurídica de la Xunta".

En todo caso, se ha mostrado "convencido" de que "la razón" está de su parte, dado que "no hay ninguna duda" de que hay "un incumplimiento" en base a la Ley Reguladora de la Xunta y su presidente, de que el actual Gobierno autonómico no respeta la paridad. "Estamos seguros de que va a prosperar el recurso, pero resulta indignante que, tras año y medio, se introduzcan elementos poco consistentes que van a dilatar aún más la resolución judicial", ha concluido el portavoz de los socialistas en el Pazo do Hórreo. INTERPRETACIONES

El PSdeG esgrime la Ley de Igualdad en el Trabajo de Galicia, impulsada por el bipartito, que estipula que "el porcentaje de sexo menos representado en el Consello de la Xunta no puede ser inferior al 40 por ciento".

Y, según el artículo 2 de la Ley Reguladora de la Xunta y su presidente, "la Xunta está compuesta por el presidente, vicepresidente o vicepresidentes -en su caso- y los conselleiros" y "todos ellos constituyen conjunta y colegiadamente el Consello".

No obstante, la Xunta se remite al artículo 152 de la Constitución española para defender que este texto establece "claramente" que el Consejo de Gobierno y el presidente "son figuras diferenciadas, ya que asumen competencias distintas". Además, agrega que el presidente de la Xunta, entre otras funciones, "es el representante del Estado en Galicia".

Este artículo también apunta que "la organización institucional autonómica se basará en una Asamblea Legislativa elegida por sufragio universal (...), un Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas y un presidente, elegido por la Asamblea (...), a quien corresponde la dirección del Consejo de Gobierno", entre otras potestades.

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