Canarias regula la declaración de deterioro de establecimientos turísticos

El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó este jueves el desarrollo, mediante Decreto, del procedimiento de declaración de deterioro y obsolescencia de los establecimientos turísticos de alojamiento.

El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó este jueves el desarrollo, mediante Decreto, del procedimiento de declaración de deterioro y obsolescencia de los establecimientos turísticos de alojamiento.

Así lo informó en rueda de prensa el portavoz del Ejecutivo regional, Martín Marrero, tras la reunión del Consejo en Las Palmas de Gran Canaria.

La Ley 6/2009, de 6 de mayo, de Medidas Urgentes en Materia de Ordenación Territorial para la Dinamización Sectorial y la Ordenación del Turismo, aborda, en su título II, las medidas referidas al desarrollo turístico, y entre ellas, las dirigidas a la renovación de los establecimientos y sus infraestructuras.

Oferta de calidad

Ello a fin de potenciar una oferta de calidad, cualificada y competitiva en sintonía con las exigencias del modelo turístico previsto en las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, aprobadas por la Ley 19/2003, de 14 de abril.

En relación con la rehabilitación integral de los establecimientos de alojamiento turístico, prevista en el número 1 del artículo 14 de la Ley 6/2009, se ha juzgado pertinente desarrollar con mayor detalle el procedimiento de declaración de deterioro u obsolescencia y el de autorización de los proyectos técnicos, así como la determinación de los requisitos que han de reunir los indicados establecimientos para obtención de la declaración.

Asimismo, el Ejecutivo señala que resulta "necesario" determinar el importe de la inversión por plaza de alojamiento para cada categoría que se pretenda alcanzar con la rehabilitación.

El Consejo Consultivo de Canarias considera que el Proyecto de Decreto "es ajustado al ordenamiento jurídico y no formula observación ni reparo alguno", añade el Gobierno autonómico.

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