El caso cumple este martes cinco años a la espera del señalamiento de la vista oral

La causa que reside en el Juzgado de Instrucción número dos de Sevilla por el supuesto intento de soborno denunciado por la que fuera concejal no adscrita del Ayuntamiento de Camas Carmen Lobo cumple este martes su quinto aniversario. El caso atraviesa un escenario en el que el juez ha dictado ya la apertura de juicio oral por tribunal del jurado ante un presunto delito de cohecho, contra el por entonces alcalde y actual coordinador local de IU-CA, Agustín Pavón, los ex ediles del PP y del PA en el Consistorio camero Antonio Enrique Fraile y José del Castillo, y el empresario Eusebio Gaviño.

La causa que reside en el Juzgado de Instrucción número dos de Sevilla por el supuesto intento de soborno denunciado por la que fuera concejal no adscrita del Ayuntamiento de Camas Carmen Lobo cumple este martes su quinto aniversario. El caso atraviesa un escenario en el que el juez ha dictado ya la apertura de juicio oral por tribunal del jurado ante un presunto delito de cohecho, contra el por entonces alcalde y actual coordinador local de IU-CA, Agustín Pavón, los ex ediles del PP y del PA en el Consistorio camero Antonio Enrique Fraile y José del Castillo, y el empresario Eusebio Gaviño.

El área de Acústica del Departamento de Acústica e Imagen del Servicio de Criminalística de la Guardia Civil protagonizaba hace meses uno de los avances más significativos vividos en la causa, al emitir entonces un informe tras un cotejo de voz fonético lingüístico entre la grabación original que dio lugar a las diligencias en 2005, —la prueba "dubitada"—, y pruebas "indubitadas" realizadas ex profeso a los cuatro imputados.

El informe concluye que "no es posible realizar un cotejo de voz" por lo que a las muestras atribuidas a Antonio Enrique Fraile se refiere, mientras en el caso de los restantes tres imputados, este informe fonético lingüístico resuelve que "los resultados de los análisis" realizados entre la grabación original y las pruebas de voz "indubitadas" son "más fáciles de observar si aceptamos como cierta la hipótesis de que han sido realizados por una misma persona, que por una tercera persona con características lingüísticas similares".

Sobreseimiento desestimado

A tal efecto, la defensa de Antonio Enrique Fraile había solicitado que le fuese retirada la imputación a su cliente, si bien tras la audiencia preliminar celebrada el pasado 7 de mayo por el Juzgado de Instrucción número dos, la citada instancia judicial rechazó tal solicitud junto con las peticiones de sobreseimiento de las diligencias del resto de imputados. Dado el caso, el juez atendía así a la petición de apertura de juicio oral formulada por la Fiscalía, que en su escrito de calificación solicita un año y medio de prisión para cada uno de los procesados por un presunto delito de cohecho por este supuesto intento de soborno.

En aquel documento, además, el Ministerio Público se reafirmaba en la exculpación del que fuera concejal del PP en el Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán (Sevilla) Aureliano Lucas, ya totalmente apartado de las diligencias. Además de la mencionada pena de cárcel, el Ministerio Público reclama para cada uno de los cuatro procesados una condena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos y una multa de 24.000 euros.

Cinco años de diligencias

El asunto estalló el 14 de septiembre de 2005 con la detención de Antonio Enrique Fraile, entonces concejal del PP en el Ayuntamiento camero; José del Castillo, concejal adscrito al PA; y el empresario Eusebio Gaviño, todos ellos actualmente imputados junto con el por entonces alcalde y actual coordinador local de IU-CA, Agustín Pavón, quien no fue arrestado pero muy pronto fue llamado a declarar ante la Policía Nacional en el marco de estas diligencias depositadas en el Juzgado de Instrucción número dos.

Aureliano Lucas, por entonces concejal del PP en el Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán, fue también llamado a declarar e incluido en las diligencias hasta que en octubre de 2008, se decretó su exculpación, toda vez que meses antes, en mayo, la Audiencia Provincial había declarado nula la intervención del teléfono usado por el empresario Eusebio Gaviño al considerar que el auto que autorizaba dicha intervención ofrecía "un vacío total y absoluto de motivación", ya que en éste "no se consigna un solo indicio real que permitiera al juez una presunción razonable de los supuestos delitos" investigados.

El auto, recogido por Europa Press, aclaraba no obstante que dicha nulidad "no implica el archivo de las actuaciones", pues existen distintas pruebas tales como la denuncia que destapó los hechos, grabaciones audiovisuales o declaraciones, entre otras, que "son fuentes de investigación y de prueba que no están contaminadas por la nulidad", de forma que el juez instructor, a quien la Audiencia devolvió entonces las actuaciones, "dispone de material de investigación para esclarecer los hechos denunciados y concretar la posible participación de los imputados".

A partir de entonces, el Juzgado de Instrucción número dos retomó las diligencias hasta conducir la causa a su actual escenario con la apertura de juicio oral mediante el procedimiento del tribunal del jurado.

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