La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha anulado el decreto foral por el que se modificaba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra.
El TSJN, que ha estimado el recurso interpuesto por la Agrupación Profesional de Policía Foral, entiende que el plazo de 5 días que la Administración dio a la Comisión de Personal, de la que forma parte el sindicato recurrente, para hacer las alegaciones oportunas es "manifiestamente insuficiente".
Para la Sala de lo Contencioso, el plazo legal de audiencia a los interesados es de "15 días hábiles como mínimo (o 7 por razones justificadas, que tampoco concurren ni han sido declaradas, motivadas ni alegadas)". "No hay ninguna razón para excluir este plazo general al presente supuesto de Decreto Foral", añade. Contra la sentencia no cabe recurso alguno.
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