El SPB alega que los bomberos voluntarios no pueden recibir formación de los ayuntamientos o la Diputación

El Sindicato Profesional de Bomberos (SPB) ha advertido de que los bomberos a tiempo parcial o "voluntarios", una figura cuya desaparición reclama en demanda de la creación de nuevos puestos de bomberos de carrera, no pueden recibir formación reglada a través de los ayuntamientos y la Diputación.

El Sindicato Profesional de Bomberos (SPB) ha advertido de que los bomberos a tiempo parcial o "voluntarios", una figura cuya desaparición reclama en demanda de la creación de nuevos puestos de bomberos de carrera, no pueden recibir formación reglada a través de los ayuntamientos y la Diputación.

En un comunicado, el SPB informó este jueves de que los "bomberos a tiempo parcial" o "voluntarios", "no pueden no pueden recibir formación de sus ayuntamientos al no tener una relación laboral con ellos, tanto funcionarial como laboral, puesto que la Ley sólo permite a estas administraciones dar cursos oficiales de formación continúa a sus trabajadores". Igualmente, la Diputación "sólo puede ofertar esos cursos a sus propios trabajadores y a los de los ayuntamientos adheridos a su sistema formativo", añadió.

Por todo esto, según explica el sindicato en el comunicado, "es imposible que estos "bomberos" tengan el nivel formativo necesario para desempeñar las funciones reservadas a funcionarios públicos debido a su complejidad, y, a quienes se les puede exigir responsabilidades en caso contrario".

En agosto, el SPB denunció públicamente en una nota de prensa que los voluntarios de Coria del Río (Sevilla) no recibían formación, a lo que el Consistorio Coriano contestó que recibían formación de la Diputación y que estaban adheridos al plan formativo 2010-11", hecho que el sindicato cree "absolutamente imposible". Para el SPB, "una de dos, o el alcalde de Coria, José Vicente Franco (PSOE), esta confundido, o la Diputación está prevaricando", según se expuso en el comunicado.

Por su parte, el SPB aseguró que "en el mismo reglamento interno sobre formación continua de la Diputación de Sevilla, en su punto 2.2, viene recogido que únicamente podrán impartir formación aquellas personas que tengan un empleo público de Diputación y de los ayuntamientos y entidades adheridas que, en el momento en que realicen sus actividades formativas, presten sus servicios a través de una relación de carácter funcionarial o laboral con Diputación o los Ayuntamientos y entidades adheridos".

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