La Junta establece el periodo de vacunación de animales para la lucha contra la rabia

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado esta pasado lunes mediante una orden las normas por las cuales se regirá la campaña de lucha contra la rabia para el año 2010. Dicha campaña se inicia este martes y se prolongará hasta el próximo 4 de diciembre.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado esta pasado lunes mediante una orden las normas por las cuales se regirá la campaña de lucha contra la rabia para el año 2010. Dicha campaña se inicia este martes y se prolongará hasta el próximo 4 de diciembre.

La aplicación de la vacuna se efectuará exclusivamente por los veterinarios autorizados, en concentraciones, consultorios, clínicas veterinarias y otras instalaciones apropiadas a tal fin.

El veterinario autorizado exclusivamente realizará la vacunación en el municipio donde se le autorice, tanto en concentraciones como a petición de parte, informa el Gobierno autonómico en nota de prensa.

Asimismo, el plazo de presentación de solicitudes para obtener la autorización como veterinario-colaborador de la campaña antirrábica 2010 será de 30 días, desde la entrada en vigor de la orden.

La Comisión Antirrábica, a la hora de proceder a la autorización, valorará y tendrá en cuenta la actuación de dichos veterinarios en campañas anteriores, en orden al cumplimiento de la normativa e instrucciones vigentes.

La Comisión Antirrábica Extremeña facilitará a cada una de las Direcciones de Salud el listado de veterinarios autorizados por cada uno de los municipios del Área de Salud, ordenados por Zona de Salud y municipios.

Los animales que se vacunen frente a la rabia, según lo indicado en esta orden, deberán estar identificados conforme a lo establecido en el Decreto 245/2009, de 27 de noviembre, por el que se regula la identificación, registro y pasaporte de determinados animales de compañía en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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