CSIF formaliza ante el TSJA su recurso contra la reordenación del sector público andaluz

El sindicato CSIF-A formalizó ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el recurso presentado contra el acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta por el que se aprobó el decreto ley de reordenación del sector público 5/2010 por el que se reordenan todas las empresas públicas de la Junta, recurso que ya había sido admitido a trámite.

El sindicato CSIF-A formalizó ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el recurso presentado contra el acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta por el que se aprobó el decreto ley de reordenación del sector público 5/2010 por el que se reordenan todas las empresas públicas de la Junta, recurso que ya había sido admitido a trámite.

Según indicó a Europa Press la responsable del área de administración autonómica de CSIF-A, Alicia Martos, después de que a mediados de agosto el TSJA dictara auto a favor de CSIF mediante el cual se admitió a trámite el recurso de interposición, le concedió a la Junta un plazo improrrogable de cinco días para que remitiera el expediente y alegara. Asimismo, se les notificó que se ha formalizado 'pieza separada' en relación con la petición de suspensión cautelar del acuerdo.

Martos explicó que el letrado de la Junta de Andalucía solicitó a la sala la inadmisión del recurso por entender que CSIF "no está legitimada para recurrir un Decreto-Ley ni un Acuerdo de Consejo de Gobierno, al ser éste último una manifestación de la voluntad política y directiva del Gobierno Andaluz".

Posteriormente, el 17 de agosto, el TSJA comunicó a CSIF que va a abrir una comparecencia previa para que las partes se pronuncien y aleguen lo que corresponda, con asistencia del Ministerio Fiscal, una comparecencia previa que se celebró el 19 de agosto, donde el sindicato se ratificó en sus argumentos esgrimidos en su interposición, mientras que el fiscal "apoyó la pretensión de CSIF acerca de la legalidad de la admisión a trámite de este recurso por esta vía de derechos fundamentales, dado que el acto que se recurre es el Acuerdo del Consejo de Gobierno y no el propio decreto-ley, disposición de carácter normativo que, una vez convalidada por el Parlamento Andaluz, sólo es recurrible en inconstitucionalidad por los órganos institucionales del Estado y comunidades autónomas".

Martos indicó que el 23 de agosto la sala del TSJA dictó nuevo auto estimando el recurso de CSIF y rechazó las alegaciones planteadas por la Junta declarando el Alto Tribunal andaluz que los acuerdos del Consejo de Gobierno "no son meros actos políticos sino auténticos actos administrativos que no deben escapar, en su caso, a los controles judiciales por parte de la jurisdicción contenciosa-administrativa, lo cual habilita para que puedan ser recurridos ante dicha sala por cualquier interesado". En ese auto se emplaza a CSIF para que en ocho días formule la pertinente demanda.

La dirigente sindical, que destacó el hecho de que el TSJA "no se ha inhibido ante nuestro recurso", ha presentó el 1 de septiembre una demanda ante el TSJA por la vía especial de derechos fundamentales, "alegando la vulneración que supone el Acuerdo del Consejo de Gobierno de una serie de artículos de la Constitución Española".

Artículos vulnerados

Entre esos artículos constitucionales se halla el artículo 14, que dice que 'Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social'; el artículo 23.2, de 'derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes, en este caso, igualdad, mérito y capacidad'; el artículo 28, en relación con el artículo 37, donde se apunta que la Ley 'garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios'.

No obstante, CSIF, para mayor garantía, en la misma demanda insta al TSJA a plantear 'Cuestión Previa de Inconstitucionalidad', que en caso de llevarse a cabo, "paralizaría la aplicación del decreto- ley, por ser consecuencia directa del Acuerdo del Consejo de Gobierno que lo impulsó".

CSIF recordó que el propio acuerdo de Consejo de Gobierno "habla de que esta reordenación del sector público constituye sólo una primera fase de la misma, por lo que no sabemos qué pasará en un futuro, pero vemos claro que con este acuerdo y el decreto-ley dimanante del mismo, se producen discriminaciones entre los propios empleados públicos de la Junta, ya que a unos afecta la reordenación y a otros no".

Por ello, destacó que para salvaguardar los derechos de los mismos y a la espera de la sentencia que dicte el TSJA tras la demanda formulada, "CSIF ya tiene preparada la demanda para acudir a la vía ordinaria en caso de no ser estimatoria".

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