El plazo para solicitar ayudas al desarrollo de explotaciones de áridos e innovación minera finaliza el próximo día 13

El Departamento vasco de Industria y Energía destinará este año 831.000 euros para la financiación de proyectos y actuaciones para la investigación y desarrollo de las explotaciones subterráneas de áridos e innovación minera en la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010. El plazo de presentación de solicitudes de ayuda finaliza el próximo 13 de septiembre.

El Departamento vasco de Industria y Energía destinará este año 831.000 euros para la financiación de proyectos y actuaciones para la investigación y desarrollo de las explotaciones subterráneas de áridos e innovación minera en la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2010. El plazo de presentación de solicitudes de ayuda finaliza el próximo 13 de septiembre.

Según datos de la Consejería de Industria, recogidos por Europa Press, podrán ser beneficiarios de las ayudas las empresas o asociaciones de empresarios legalmente constituidas que desarrollen o vayan a desarrollar actividades mineras de aprovechamiento de materias primas minerales dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Serán subvencionables los costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, siempre y cuando esté exclusivamente dedicado al proyecto de investigación, así como los gastos en instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación.

También se dotarán los costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.

Los gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación y otros costes de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente de la actividad de investigación, también recibirán ayudas.

Tendrán la consideración de actividades subvencionables las dirigidas a la preparación de la posterior explotación subterránea, tales como la puesta en seguridad, el establecimiento de infraestructuras de acceso, escape, ventilación y desagüe; así como la generación de cámaras subterráneas donde se beneficie y/o almacene el producto, incluidos honorarios de redacción de los Proyectos y Estudios Técnicos.

En el campo de la innovación minera, serán actividades subvencionables, entre otras: Proyectos, investigación y actuaciones de innovación minera; Gastos derivados de la ejecución de obras, estudios, proyectos técnicos, siempre que estén relacionados con pruebas y experimentación, tanto de elementos como de maquinaria innovadora; Arrendamientos, sin opción de compra, de maquinaria con objeto de realizar pruebas; Otras actuaciones análogas a las enumeradas de innovación minera.

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