La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia confirma una sentencia del Juzgado de lo Penal número 5 que condenaba a una mujer, F., como autora criminalmente responsable de un delito de atentado y de una falta de lesiones, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, por el delito, a la pena de un año de prisión y por la falta a la pena de un mes de multa con cuota diaria de tres euros.
Los hechos se remontan a octubre de 2006 cuando sobre las ocho de la mañana la acusada, mayor de edad y sin antecedentes penales, estando en el Centro de Salud de Cieza, y tras tener una discusión con M., auxiliar de clínica en dicho centro, le propinó un guantazo y la sujetó por la pechera, como consecuencia de lo cual se le cayeron las gafas al suelo, quedando éstas inservibles.
Según se desprende de una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, M., que reclamó por las lesiones y el valor de las gafas, así como por el perjuicio moral, sufrió erosión en el antebrazo izquierdo y hematoma en la cara, que tardaron en curar diez días.
En este sentido, la Sala ratifica que la acusada, en concepto de responsabilidad civil, debe indemnizar a M. en la cantidad de 300 euros por los días que tardó en sanar de sus lesiones, en la suma de 590 euros por el valor de las gafas siniestradas y en la cantidad de 1.000 euros por el daño moral sufrido.
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