La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia condena a A. como autor criminalmente responsable de un delito de estafa mediante pagaré, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año y seis meses de prisión y multa de seis meses, con cuota diaria de tres euros.
Y es que, según reza la sentencia, el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, aparentando una solvencia de la que carecía, compró dos vehículos quad 100 cc a la mercantil Publique Reclamos Publipromocionales, S.L.L., para el pago de los cuales entregó dos pagarés librados en Murcia de la sociedad de la que es administrador Merbeco Sociedad Cooperativa y por importes de 300 euros y 4.396 euros que se correspondían a la matriculación y precio de la venta de cada uno de ellos que era 2.198,20 euros, y vencimientos respectivos de 9 de mayo y 5 de agosto de 2005, sin que en tales fechas existieran fondos para hacerlos efectivos.
Ante el impago, se generaron gastos de protesto, y tras requerimiento de los vendedores, el acusado volvió a entregar pagaré librado de fecha 1 de junio de 2005 y ante el nuevo impago otro emitido por la empresa Alexis Servicios Integrales, S.L., a favor del grupo Hermabe Murcia, S.L. por importe de 7.300 euros a sabiendas de la falta de fondos con vencimiento 25 de agosto de 2005.
El referido se quedó con los vehículos sin abonar nada pese a los reiterados y falsos compromisos expresados.
Asimismo, la Sala señala en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Prees, que en concepto de responsabilidad civil, el acusado abonará a la mercantil Publique Reclamos Publipromocionales, S.L.L., la cantidad de 5.000 euros en el plazo de seis meses.
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