Aumentan un 7,2% las inscripciones de parejas de hecho, que ya superan las 22.000 en Andalucía

El número de parejas de hecho se cuadruplica en los últimos cinco años

Las inscripciones realizadas en el Registro de Parejas de Hecho en Andalucía, dependiente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, aumentaron un 7,2 por ciento durante el primer semestre de 2010 con respecto al mismo periodo del año anterior, al pasar de 2.588 a 2.775 altas.

El aumento del primer semestre de 2010 confirma el incremento progresivo de las inscripciones de parejas en el Registro, que casi se han cuadruplicado en los últimos cinco años, de las 1.417 efectuadas en 2005 a las 4.899 que se realizaron durante todo el pasado año, según ha informado la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en un comunicado.

Del total de parejas que se registraron en el primer semestre de 2010, el 61,3 por ciento realizó los trámites de inscripción a través de los ayuntamientos andaluces y el 38,7 por ciento restante lo hizo directamente en las delegaciones provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

Por provincias, durante los seis primeros meses de este año se registraron 258 parejas de hecho en Almería, 486 en Cádiz, 224 en Córdoba, 307 en Granada, 185 en Huelva, 159 en Jaén, 511 en Málaga y 645 en Sevilla.

Desde que se puso en marcha este servicio, en el año 1996, hasta el pasado 30 de junio, se han mantenido inscritas en el Registro de la Comunidad Autónoma de Andalucía un total de 22.648 parejas.

Beneficios de registrarse

Con la inscripción en el Registro, se puede acceder a los beneficios previstos en la Ley de Parejas de Hecho de Andalucía de 2002. Así, en materia de protección de menores esta norma establece la posibilidad de constituir acogimientos familiares, simples o permanentes, por parejas de hecho, sin discriminación alguna por opción sexual.

Asimismo, las parejas de hecho pueden solicitar el acceso conjunto en centros residenciales para personas mayores, así como ejercer el derecho que la legislación sanitaria reconoce a los familiares. Además, en la adjudicación de viviendas de la Administración andaluza se equiparan al matrimonio, una igualación que también se refleja en los ámbitos tributarios y fiscales a nivel autonómico, así como en lo relativo a permisos y vacaciones.

Tras las modificaciones introducidas por la Ley estatal 40/2007 de 4 de diciembre, de medidas en Materia de Seguridad Social, se reconoce también el derecho a la pensión de viudedad a las parejas de hecho que lo acrediten mediante el correspondiente certificado de los registros específicos de las comunidades autónomas, cuando esta inscripción se haya producido con una antelación mínima de dos años con respecto a la fecha de fallecimiento.

Para realizar la inscripción en el registro es necesario que uno de los miembros tenga residencia en Andalucía. Este registro es único, aunque su gestión está descentralizada a través de los ayuntamientos y las delegaciones provinciales de la Consejería para Igualdad y Bienestar Social.

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