Farmindustria no apelará al Supremo y dice que su recurso contra la receta electrónica era para "evitar inequidades"

La patronal de la industria farmacéutica 'Farmaindustria' ha anunciado que, "en principio", su gabinete jurídico "no interpondrá un recurso de casación" ante el Tribunal Supremo contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la que desestima la demanda que elevaron contra el decreto andaluz 181/2007, por el que se regula en la comunidad la prescripción y dispensación de fármacos mediante receta electrónica.

La patronal de la industria farmacéutica 'Farmaindustria' ha anunciado que, "en principio", su gabinete jurídico "no interpondrá un recurso de casación" ante el Tribunal Supremo contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la que desestima la demanda que elevaron contra el decreto andaluz 181/2007, por el que se regula en la comunidad la prescripción y dispensación de fármacos mediante receta electrónica.

Fuentes de Farmaindustria consultadas por Europa Press ha señalado, al respecto de este fallo y su demanda contra el mencionado decreto, que el objetivo de la misma "era evitar el que se produjesen inequidades mediante este formato electrónico en el acceso, por parte de los pacientes, a determinados fármacos que vienen recogidos en el nomenclator de medicamentos aprobados en España".

De hecho, aseguraron que la decisión que motivó el que se elevase aquel recurso contra el denominado proyecto 'Receta XXI' "no fue ni mucho menos porque estuviésemos en contra de la receta electrónica en sí misma, sino ante nuestro temor de que se hiciese un mal uso de ella".

Así, y a modo de ejemplo, expusieron que "uno de los temores" de la patronal era precisamente el que "no todos los medicamentos que recoge el actual nomenclator pudiesen estar a disposición de esta forma de prescripción y dispensación electrónica".

"El conjunto del fallo del TSJA nos ha tranquilizado en este sentido, por lo que nos mostramos razonablemente satisfechos con la explicación que se da en el mismo", enfatizaron las citadas fuentes, quienes, no obstante, no descartaron apelar en un futuro al Supremo "si la Administración sanitaria andaluza llevase a cabo en un futuro un cambio o modificación del actual modelo de receta electrónica que entendiésemos pudiese lesionar la equidad al acceso de cualquier fármaco inscrito en el nomenclator", puntualizaron.

En concreto, la sentencia del Alto Tribunal andaluz, a la que ha tenido acceso Europa Press, hace suyos los argumentos esgrimidos por la Consejería andaluza de Salud en su defensa de esta prestación, entre ellos, el que con dicha herramienta se pretende "evitar" que los pacientes crónicos se vean obligados a acudir al médico sólo para obtener las recetas de continuación de sus tratamientos, además de facilitar el que el facultativo consiga "dedicar más tiempo a sus pacientes", se "mejore" la adherencia terapéutica en los tratamientos de estos pacientes y se mejore la comunicación con el farmacéutico.

Por contra, rechaza las alegaciones elevadas por Farmaindustria en las que entendía, entre otra razones, el que con este decreto de receta electrónica se "invadía" las competencias propias del Estado, se "vulneraba" el régimen de prescripción, dispensación y financiación de fármacos contenidos en la Ley del Medicamento de 2006 y se "lesionaba" el principio de igualdad de acceso por los ciudadanos a la prestación farmacéutica.

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