Una nueva orden regula las ayudas para el mantenimiento de explotaciones apícolas en La Rioja

El Boletín Oficial de La Rioja ha publicado hoy la Orden 21/2010, de 27 de julio, que establece las bases reguladoras de ayudas a la polinización dirigida a los titulares de explotaciones apícolas de La Rioja. La nueva orden adapta estas ayudas, que se vienen dando desde 1996, al Decreto de 2006 que regula el régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma.
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BEATRIZ MOISSET/CREATIVE COMMONS
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El Boletín Oficial de La Rioja ha publicado hoy la Orden 21/2010, de 27 de julio, que establece las bases reguladoras de ayudas a la polinización dirigida a los titulares de explotaciones apícolas de La Rioja. La nueva orden adapta estas ayudas, que se vienen dando desde 1996, al Decreto de 2006 que regula el régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha promovido esta orden por el beneficio que la apicultura reporta a la agricultura y al medio ambiente. De hecho, considera que la apicultura es una actividad implantada en las zonas rurales de La Rioja, que proporciona importantes ingresos y contribuye al mantenimiento de población en el medio rural.

El número de colmenas subvencionable será como mínimo de 150 (lo que se considera como explotación apícola profesional) y como máximo de 750 colmenas por explotación. Los titulares podrán percibir una ayuda de hasta 12 euros por colmena, en función del tamaño de la explotación y el tipo de apicultor (agricultor profesional o no).

Los requisitos para optar a estas ayudas son tener el domicilio fiscal en La Rioja; estar inscrito en el registro oficial de explotaciones ganaderas, con todas las colmenas debidamente identificadas; estar en posesión del Libro de explotación ganadera; realizar la actividad apícola desde el 1 de enero del año anterior a la solicitud de ayudas; y cumplir con las obligaciones recogidas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de La Rioja y en la orden que establece las normas de ordenación de las explotaciones avícolas en La Rioja.

Las solicitudes irán dirigidas al Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y podrán presentarse en la Oficina auxiliar de Registro de la Consejería (Avenida de la Paz, 8-10), oficinas comarcales agrarias, en las oficinas de atención al ciudadano y de cualquier de las formas establecidas en la normativa autonómica que regula el registro en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

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