El PP pide a Revilla la "retirada definitiva" del PSIR de El Bojar, que supone un "maltrato para Camargo"

El portavoz del Grupo Popular en Camargo, Diego Movellán, ha pedido este miércoles al presidente regional, Miguel Ángel Revilla, la "retirada definitiva" del Proyecto Singular de Interés Regional (PSIR) de El Bojar, que supone un "maltrato a Camargo" además de una "violación inaceptable de los derechos de los afectados".

El portavoz del Grupo Popular en Camargo, Diego Movellán, ha pedido este miércoles al presidente regional, Miguel Ángel Revilla, la "retirada definitiva" del Proyecto Singular de Interés Regional (PSIR) de El Bojar, que supone un "maltrato a Camargo" además de una "violación inaceptable de los derechos de los afectados".

En rueda de prensa, Movellán ha anunciado la intención de su Grupo de solicitar un Pleno Extraordinario con este fin. Acompañado por el presidente del PP en Camargo, Amancio Bárcena, y por la vocal 'popular' en la Junta de Igollo, Sara Arce, Movellán ha trasladado el "total respaldo" de su formación a los afectados, cuyas propiedades están "amenazadas de derribo por el PSIR". Por ello, desde el PP apoyarán las iniciativas de los vecinos.

"Se pueden y deben construir viviendas de protección oficial en Camargo sin violar los derechos de la propiedad de los afectados por esta iniciativa", ha defendido, antes de recordar que, desde 2005, el PP se ha manifestado "radicalmente en contra" de este Proyecto.

Consideran que el PSIR "no es más que una maniobra que, con la excusa de construir viviendas sociales, beneficia a empresarios amigos del Gobierno regional".

Además de en la "violación de los derechos de los afectados", el PP ha fundamentado su oposición al PSIR en la "limitación que supone para Camargo en cuanto a su capacidad de decidir su futuro urbanístico", en especial en una zona que el PGOU en su aprobación inicial consideraba como "de especial protección ambiental".

Movellán ha concluido indicando que el PSIR "viola" el artículo 28 de la Ley del Suelo, "al no haber dado audiencia previa a los Ayuntamientos y al Pleno". Además, "no puede justificarse su consideración de interés general ni puede considerarse de una acción supramunicipal".

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