El TS rechaza el recurso de casación interpuesto por el ex gerente de Urbanismo de Cuenca

(((Esta noticia sustituye a la anterior sobre el mismo tema)))

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que acuerda declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por el ex gerente de Urbanismo, Ángel Basaurit, que reclamaba al Ayuntamiento de Cuenca el pago de una indemnización cercana a los 140.000 euros después de que el equipo de Gobierno actual decidiera rescindir su contrato en octubre de 2007.

Ha sido la concejal de Personal y Régimen Interior del Ayuntamiento de Cuenca, Alejandra Barambio, la que ha dado a conocer el auto, según informó el Consistorio.

Ha recordado la edil que Ángel Basaurit fue contratado en febrero de 2006 como gerente de Urbanismo por un periodo de cinco años, "sabiendo que un año después se iban a celebrar elecciones y que, en caso de un cambio en el equipo de Gobierno, se nombraría como nuevo gerente a una persona de la confianza del Equipo salido de las elecciones".

El contrato que se le hizo establecía que en el caso de rescisión se le pagaría el salario correspondiente al tiempo restante. El desacuerdo del actual equipo de Gobierno con la indemnización a Basaurit abrió un periodo de recursos judiciales en los que el ex gerente de Urbanismo reclamaba la indemnización cercana a los 140.000 euros.

El 15 de julio de 2009 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha dictó un sentencia en la que establecía que la cláusula de blindaje analizada suponía un pacto abusivo "carente de justificación, cuantitativamente desmesurado, no acorde a las exigencias de un adecuado empleo de fondos públicos, lo que justifica que se pueda tener la misma por no puesta, atendiendo a su carácter fraudulento".

Basaurit continuó la vía judicial y presentó un recurso de casación contra la sentencia. Ahora el Tribunal Supremo ha declarado la inadmisión del recurso de Basaurit y ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, resalta que la claúsula de blindaje que el equipo gubernamental socialista pactó con Basaurit supuso "un acto abusivo, carente de justificación, no acorde a las exigencias de un adecuado empleo de fondos públicos" por lo que se justifica que no tuviera en cuenta "dado su carácter fraudulento".

También resalta que el nombramiento del ex gerente se produjo por nombramiento del alcalde, José Manuel Martínez Cenzano, "sin que conste una convocatoria pública al efecto" y sin contar con el informe de la Intervención Municipal.

En ese sentido, el Supremo destaca que el nombramiento se efectuó por cinco años, "un plazo de tiempo que puede exceder del resto de la duración del mandato de la autoridad que contrata en nombre de la empleadora pública, de tal forma que transfiere a quienes luego le puedan suceder en el cargo una carga gravosa".

El Ayuntamiento tendrá que abonar únicamente la cantidad de 20.000 euros al no haber avisado de con tres meses de preaviso del despido unilateral.

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