Fiscalía también acudirá a la Audiencia para recurrir la sentencia por la tramitación del Nevada

La Fiscalía Provincial ha anunciado este lunes su intención de recurrir ante la Audiencia de Granada la sentencia por la tramitación irregular del Centro Comercial Nevada, que ha condenado a cárcel e inhabilitación al ex alcalde de Armilla, José Antonio Morales Cara, y al ex edil de Urbanismo Gabriel Cañavate y que ordena el derribo de apenas un uno por ciento de la superficie total construida.

La Fiscalía Provincial ha anunciado este lunes su intención de recurrir ante la Audiencia de Granada la sentencia por la tramitación irregular del Centro Comercial Nevada, que ha condenado a cárcel e inhabilitación al ex alcalde de Armilla, José Antonio Morales Cara, y al ex edil de Urbanismo Gabriel Cañavate y que ordena el derribo de apenas un uno por ciento de la superficie total construida.

Según informaron a Europa Press fuentes del Ministerio Público, será en los próximos días cuando se presente el recurso de apelación a un fallo, del Juzgado de lo Penal 3 de Granada, que dista mucho de la solicitud que formuló el fiscal encargado del caso, que llegó a pedir la demolición total del Nevada, como primera opción, y penas de cárcel para los responsables políticos que podrían alcanzar los tres años y cuatros meses de prisión y hasta 20 de inhabilitación, más una multa de 10.800 euros.

Morales Cara y Cañavate han sido sin embargo condenados a siete meses de prisión y a siete años de inhabilitación especial para cargo público por un delito de prevaricación urbanística y han sido absueltos de los otros dos delitos que le imputaba la Fiscalía —otro de ordenación del territorio en su modalidad de prevaricación urbanística y el de infidelidad en la custodia de documentos públicos—.

Para el promotor, Tomás Olivo, el juez ha resuelto una pena de siete meses de prisión, inhabilitación especial por el mismo periodo, y una multa de 7.800 euros por un delito contra la ordenación del territorio por la construcción en espacios verdes de una parte del edificio, cuando se enfrentaba a dos años y dos meses de cárcel, multa de 10.800 euros y dos años de inhabilitación por los delitos contra la ordenación del territorio y otro de desobediencia grave a la autoridad —del que ha sido absuelto—.

Sobre los derribos que habría que acometer para restablecer la legalidad urbanística en el municipio de Armilla, la Fiscalía barajaba como primera opción la totalidad, con la declaración como nulos de todos los actos administrativos que dieron lugar a la edificación, es decir del plan parcial B sobre el que se le levantó lo construido y la licencia de obras que fue aprobada el 30 de septiembre de 2005.

También mantenía por otra parte una puerta abierta a la demolición parcial, siempre que fueran subsanadas las vulneraciones "más graves y evidentes" de la legalidad urbanística, y bajo la supervisión del órgano competente en materia urbanística y medio ambiental de la Junta de Andalucía, y previo dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía.

Dejaba además una tercera posibilidad, dada la "innegable onerosidad" que supondría la demolición total o parcial en las condiciones antes mencionadas, que sería la presentación de un proyecto "alternativo", que podría aceptarse como "restablecimiento" del orden jurídico, por parte de los órganos competentes en materia urbanística y medio ambiental de la Administración Autonómica. Esta opción tendría que tener lugar "antes" de que la sentencia que se dictase acerca de la tramitación del Centro Comercial sea firme.

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