Chamizo insta a la Junta a modificar los horarios de apertura y cierre de los pubs ubicados en zonas residenciales

El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, ha instado a la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía a que modifique la orden por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos para que, en las zonas residenciales, los vecinos no tengan que soportar hasta altas horas de la madrugada el "trasiego" de clientes de una discoteca o pub.

El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, ha instado a la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía a que modifique la orden por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos para que, en las zonas residenciales, los vecinos no tengan que soportar hasta altas horas de la madrugada el "trasiego" de clientes de una discoteca o pub.

Según explica Chamizo en una resolución a la que tuvo acceso Europa Press, los horarios de los establecimientos hosteleros deberían ser modulados "en función del tipo de actividad desarrollada y del uso predominante del suelo en el que se emplacen, de forma que pueda existir una mejor acomodación de los bienes jurídicos en juego y una mayor garantía de protección de los derechos fundamentales de los vecinos de zonas dedicadas al uso residencial".

Y es que con el régimen vigente en la actualidad, critica el defensor, "el horario de apertura y cierre de una discoteca o de un pub puede ser el mismo, con independencia de que se ubique en pleno barrio residencial de un municipio o en una zona destinada, principalmente, a uso industrial", lo cual, provoca una "cruda realidad" en la que no se tiene en cuenta ni la situación de la discoteca o pub, ni a qué hora pueden abrir y cerrar para no molestar a los vecinos.

Desde hace años, el área de Medio Ambiente de la Defensoría del Pueblo Andaluz viene recibiendo un "ingente porcentaje" de quejas que hacen referencia a los problemas derivados de la producción de elevados niveles de ruido, especialmente por parte de establecimientos de ocio nocturno y que abren durante los fines de semana y vísperas de festivo.

Sin embargo, Chamizo reconoce que "la existencia de importantes intereses económicos en el sector y el carácter necesariamente limitado de los medios materiales y personales con lo que disponen las Administraciones Públicas hacen que en no pocos supuestos resulte prácticamente imposible compatibilizar, de manera efectiva, el desarrollo de estas actividades hosteleras hasta altas horas de la madrugada con los derechos fundamentales de los vecinos que residen en las proximidades de los establecimientos".

De hecho, a veces, ejemplifica el Defensor, se da "la paradoja" de que, al amparo de lo dispuesto en la citada Orden y del Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, "es posible que vecinos de una zona residencial tengan que soportar el necesario trasiego de clientes de una discoteca que cierre a las 7 de la mañana y que precisamente a esa hora den comienzo trabajos que se realicen en la vía pública o en edificaciones que requieran el uso de maquinaria especialmente ruidosa; con lo que de forma prácticamente inevitable, las horas de descanso de estos vecinos se verían reducidas considerablemente".

Por todo ello, y dado que estos hechos pueden suponer "afecciones" a derechos de la ciudadanía contenidos la Constitución española y en el propio Estatuto de Autonomía para Andalucía, el Defensor del Pueblo andaluz exigió a la Administración de la Junta de Andalucía que modifique la vigente Orden de la Consejería de Gobernación de 25 de marzo de 2002 por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, "en aras de que los horarios de apertura y cierre de establecimientos hosteleros sean modulados en función del tipo de actividad desarrollada y del uso predominante del suelo en el que se emplacen".

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