Condenan a un hombre que rompió la pulsera colocada para cumplir una orden de alejamiento

El Juzgado de lo Penal número 12 de Málaga ha condenado a una pena de seis meses de prisión a un hombre 49 años de edad por un delito de quebrantamiento de medida cautelar por romper la pulsera electrónica colocada para garantizar el cumplimiento de una orden de alejamiento de su compañera sentimental con el objetivo de vulnerar dicha orden.

El Juzgado de lo Penal número 12 de Málaga ha condenado a una pena de seis meses de prisión a un hombre 49 años de edad por un delito de quebrantamiento de medida cautelar por romper la pulsera electrónica colocada para garantizar el cumplimiento de una orden de alejamiento de su compañera sentimental con el objetivo de vulnerar dicha orden.

Según la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el acusado tenía prohibido aproximarse a menos de 500 metros de su pareja, así como comunicarse con ella por cualquier medio tras dictarse un auto en este sentido por un Juzgado de Instrucción de la localidad malagueña de Vélez-Málaga.

El pasado mes de mayo, señala la resolución, dicho órgano judicial dictó otro auto en el que para garantizar el cumplimiento de la orden de alejamiento acordada se ordenaba la implantación de medios telemáticos, por lo que se le colocó una pulsera de seguridad en el pie.

El hombre tenía que llevar siempre puesta la pulsera, pero días más tarde de dictarse el auto, sobre las 05.00 horas de la madrugada, el hombre "procedió a fracturar la pulsera de seguridad" que se le había colocado, "con conocimiento de las anteriores resoluciones judiciales y ánimo de vulnerarlas".

La Fiscalía pedía inicialmente la pena de un año de cárcel, aunque finalmente modificó sus conclusiones, solicitando una pena de seis meses de prisión, petición con la que la defensa se mostró conforme, por lo que se dictó una sentencia de conformidad por un delito de quebrantamiento medida cautelar.

El fiscal se ha opuesto a la suspensión de la condena y ha solicitado el cumplimiento de la pena "por la naturaleza del delito y por la especial protección a la víctima en este procedimiento", según el escrito al que tuvo acceso Europa Press, ya que, de otra forma, afirma, se "haría inefectiva la protección acordada".

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