La jueza desestima el recurso del PPCV contra el archivo de la denuncia por supuestas escuchas ilegales de la Policía

La titular del juzgado de Instrucción número 17 de Valencia ha desestimado el recurso interpuesto por el PPCV contra la decisión de archivar su denuncia por posible caso de espionaje por parte de la Policía Nacional frente a su sede, según consta en un auto al que tuvo acceso Europa Press.

La titular del juzgado de Instrucción número 17 de Valencia ha desestimado el recurso interpuesto por el PPCV contra la decisión de archivar su denuncia por posible caso de espionaje por parte de la Policía Nacional frente a su sede, según consta en un auto al que tuvo acceso Europa Press.

La magistrada considera que el PPCV, con su recurso, no ha desvirtuado las conclusiones fácticas ni jurídicas que se expusieron en el auto recurrido y que justificaron "plenamente" el archivo acordado. Así, no cree "razón alguna" para practicar diligencias de investigación o instrucción.

En este punto, se remite a la postura adoptada por el ministerio fiscal, quien, en su informe, afirmó que en este caso hay una "simple coincidencia" en el tiempo y lugar, y una explicación "razonable" de que la furgoneta camuflada del Cuerpo Nacional de Policía "no se encontraba aparcada en las proximidades de la sede del PP con el fin de vigilar, grabar e interceptar las comunicaciones y conversaciones tanto realizadas en el interior de la sede del partido como en el exterior, en plena vía pública.

Por el contrario, sostiene que la Policía tenía el objetivo de "prevenir la comisión de posibles actos delictivos por la presencia en el acto público que tenía lugar en el Auditorio 'Joan Plaça', próximo a la sede del PP de Valencia, de personas miembros de movimientos radicales que pudieran alterar el orden público, cometer hechos delictivos", así como investigar atentados ya perpetrados y actos de vandalismo realizados en cajeros automáticos de sucursales bancarias con fecha 20 de mayo, y que motivaron la incoación de diligencias policiales y también judiciales.

Ante ello, el PPCV ha mantenido en su recurso que estos extremos son una declaración "simplemente exculpatoria" por parte de la Brigada de Información, que no le sirve para neutralizar los indicios de una "legítima sospecha". Además, alude a "antecedentes recientes" que le lleva a considerar que miembros de esta brigada "controlan movimientos e intervienen comunicaciones contra miembros del PP".

Sin embargo, la jueza mantiene que estas afirmaciones constituyen una "simple suposición o sospecha", pero "sin base objetiva ni soporte probatorio que confirme o, al menos, aporte un principio de prueba o de concreción de hechos, y no de alegaciones o meras afirmaciones que constituyan un delito concreto".

Con todo, la magistrada desestima el recurso al no haber aportado a la denuncia la grabación efectuada por la Brigada de Información frente a la sede del partido, ni la captación personal o telefónica o cualquier material o soporte que confirme la pretendida interceptación de las comunicaciones por parte de la Policía, "por muchas sospechas o antecedentes recientes", sostiene.

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